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Reglamentación Técnica y Normativas Obligatorias

En esta sección podrá encontrar las Normas Obligarorias y Reglamentos Técnicos Cetroamericanos y Salvadoreños aplicables al sector de productos alimenticios, asi como tambien el Codigo de Buenas Practicas de Servicios Financieros.

Normas Salvadoreñas ObligatoriasReglamentos Técnicos Centroamericanos (RTCA)Reglamentos Técnicos Salvadoreños (RTS)
CategoriaCodigoNombre de la NormaObjetivoNorma
AguaNSO 13.07.02:08Agua. Agua Envasada. (Primera actualización).Establece los requisitos físicos, químicos, microbiológicos, radiológicos y de control de las buenas prácticas de manufactura que debe cumplir el agua envasada destinada para consumo humano.Ver norma
AlcoholNSO 71.12.01:98Alcoholes. Alcohol Etílico DesnaturalizadoEstablecelas características y requisitos que deben reunir el alcohol etílico desnaturalizado.Ver norma
AlcoholNSO 71.09.01:98Alcoholes. Alcohol EtílicoEsta norma debe aplicarse en todas las industrias dedicadas al proceso de este producto en el territorio nacional y al alcohol etílico de importación.Ver norma
Alimentos para animalesNSO 65.00.01:99Alimentos para animales. Leche fluida y en polvo para consumo animal.Esta Norma Salvadoreña tiene por objeto proteger la salud humana y evitar desviaciones en la comercialización y procesamiento de este producto, el cual debe ser utilizado únicamente para el consumo animal.Ver norma
BebidasNSO 67.18.01:01Productos Alimenticios. Bebidas no Carbonatadas sin Alcohol. Especificaciones.Establece las características y especificaciones que deben cumplir las bebidas no carbonatadas envasadas, conservadas mediante un tratamiento adecuado, listas para beber en el momento de su expedición o venta, producidos en el país o de origen extranjero.Ver norma
CaféNSO 67.31.03:04Estándares de Calidad. Café Soluble Instantáneo.Establece los requisitos que debe cumplir el café soluble instantáneo en sus diferentes clasificaciones.Ver norma
CaféNSO 67.31.01:03Estándares de Calidad para el Café de Comercialización Nacional e Internacional.Regula las especificaciones y características para la comercialización nacional e internacional de café oro (verde, green coffee).Ver norma
Desechos bioinfecciososNSO 13.25.01:07Norma técnica para el manejo de los desechos bioinfecciosos.Establecer los requisitos sanitarios y medidas de bioseguridad para el manejo, transporte, tratamiento y disposición final, de los desechos bioinfecciosos.Ver norma
DetergenteNSO 71.36.01:04Detergente , Sintéticos en polvo para uso domesticoLa presente norma tiene por objeto establecer las características y especificaciones que debe cumplir e detergente sintético en polvo para uso domestico , formulado para ser utilizado en el lavado de ropa y telas, producido en el país o en el extranjeroVer norma
Eficiencia EnergéticaNSO 29.39.01:04Eficiencia Energética de Lámparas Fluorescentes de dos Bases, Requisitos de Desempeño; o Energético y Etiquetado.Especifica los rangos de desempeño y las características de la etiqueta informativa en cuanto a la eficacia energética de las lámparas fluorescentes de hasta dos bases y de los balastros con que ellas operan.Ver norma
Eficiencia EnergéticaNSO 29.39.02:06Componentes eléctricos de lámparas de alta intensidad de descarga (HID) eficientes para operarlas en luminarias de alumbrado público. Requisitos de desempeño energético y etiquetado.Especifica los rangos de desempeño y las características de la etiqueta informativa en cuanto a la eficiencia energética y eficacia lumínica de las lámparas de alta intensidad de descarga (HID). Así como los componentes eléctricos para operarlas en luminarias de alumbrado público.Ver norma
Eficiencia EnergéticaNSO 29.47.01:09Eficiencia Energética y Seguridad de las lámparas Fluorescentes compactas integradas requisitos de desempeño energético y etiquetadoEsta Norma establece los límites mínimos de eficacia y la clasificación de eficiencia energética para las Lámparas fluorescentes compactas integradas (LFCI), así como las especificaciones de seguridad al usuario y los métodosVer norma
Embalaje de maderaNSO 55.48.01:06Embalajes de madera. Especificaciones técnicas de las medidas fitosanitarias para el embalaje de madera en el intercambio comercial.La presente norma tiene por objeto establecer las medidas fitosanitarias necesarias para reducir el riesgo de introducción y/o diseminación de plagas cuarentenarias asociadas con el embalaje de madera, utilizado en el intercambio comercial.Ver norma
EmbutidosNSO 67.02.13:98Norma de Carnes y Productos Cárnicos. Embutidos Crudos y Cocidos.Establece las especificaciones y características que deben cumplir los embutidos crudos y cocidos destinados al consumo humano.Ver norma
EtiquetadoNSO 17.08.07:04Requerimientos de etiquetado para productos preempacados.Establece el etiquetado de productos pre-empacados con contenido nominal constante con respecto a: a) La identidad del producto b) el nombre y domicilio del negocio del fabricante.Ver norma
EtiquetadoNSO 59.22.01:02Información Comercial Etiquetado de Productos Textiles, Prendas de Vestir y sus Accesorios. (Primera Revisión)Establece la información comercial que los fabricantes y confeccionistas nacionales, así como los importadores, deben fijar en los textiles, ropa de casa y en las prendas de vestir y accesorios.Ver norma
EtiquetadoNSO 61.21.01:00Etiquetado de calzadEstablece la información comercial que debe contener la etiqueta del calzado y etiquetado del calzado y de las partes del calzado producidos en el país y de origen extranjeroVer norma
FertilizantesNSO 65.080.05.02:96Agroquímicos. Fertilizantes. Urea. Especificaciones.Esta norma tiene por objeto establecer las especificaciones que debe cumplir la urea usada como abono o fertilizante.Ver norma
FertilizantesNSO 65.080.05.03:96Agroquímicos. Fertilizantes. Sulfato de amonio. Especificaciones.Esta norma tiene por objeto establecer las especificaciones que debe cumplir el sulfato de amonio usado como abono o fertilizante.Ver norma
FertilizantesNSO 65.080.05.04:96Agroquímicos. Fertilizantes Nitrato de amonio. Especificaciones.Esta norma tiene por objeto establecer las especificaciones que debe cumplir el nitrato de amonio usado como abono o fertilizante.Ver norma
FertilizantesNSO 65.080.05.07:96Agroquímicos. Fertilizantes. Cloruro de potasio. Especificaciones.Esta norma tiene por objeto establecer las especificaciones que debe cumplir el cloruro de potasio usado como abono o fertilizante o como materia prima en la fabricación de fertilizantes.Ver norma
FertilizantesNSO 65.080.05.08:96Agroquímicos. Fertilizantes. Sulfato de potasio. Especificaciones.Esta norma tiene por objeto establecer las especificaciones que debe cumplir el sulfato de potasio usado como abono o fertilizante.Ver norma
FertilizantesNSO 65.080.05.10:96Agroquímicos. Fertilizantes. Sulfato doble de potasio y magnesio. Especificaciones.Esta norma tiene por objeto establecer las especificaciones que debe cumplir el sulfato doble de potasio y magnesio usado como abono o fertilizante.Ver norma
Frutas y HortalizasNSO 67.53.01:07Frutas y hortalizas frescas. Limón pérsico. Especificaciones técnicas y de inocuidad.Esta norma establece los requisitos de calidad y de inocuidad que debe cumplir la fruta limón pérsico.Ver norma
HeladosNSO 67.01.11:95Helados y Mezclas de Helados. EspecificacionesEstablecer las características y especificaciones que deben cumplir los helados y las mezclas para helado.Ver norma
HidrocarburosNSO 75.04.07:97Productos de Petróleo. Aceite Combustible Industrial Nº 6 (Bunker C). EspecificacionesEsta norma se aplica al derivado del petróleo formado generalmente por una mezcla de aceites residuales, cuyo principal componente es el residuo de la destilación del petróleo crudo y que puede contener aceites destilados para que actúen como reductores de la viscosidad, necesitando usualmente precalentamiento para facilitar el manejo y para una atomización apropiada.Ver norma
HidrocarburosNSO 75.04.11:03Productos de petróleo. Estaciones de servicio automotrices (gasolineras) y tanques para consumo privado. Especificaciones técnicas.Esta norma establece las especificaciones técnicas mínimas necesarias para todo proyecto, construcción, remodelación, ampliación o cierre/abandono de cualquier estación de servicio automotriz (gasolinera) y tanques para consumo privado, con el fin de que opere dentro de condiciones aceptables de seguridad y funcionalidad preservando la integridad de las personas y del ambiente. Estas especificaciones técnicas deben ser exigibles para los sistemas mecánicos y eléctricos involucrados en todo proyecto, construcción, remodelación, ampliación o cierre temporal o permanente/abandono de cualquier estación de servicio automotriz (gasolinera) y tanques para consumo privado. Estas especificaciones no incluyen todo lo relativo a la obra civil, lo cual sera objeto de otras normas.Ver norma
HidrocarburosNSO 75.04.12.06Productos de petróleo. Tanques para consumo privado, no subterráneos. Especificaciones técnicas.Esta norma establece las especificaciones técnicas mínimas necesarias para todo proyecto, construcción, remodelación, ampliación o cierre/abandono de cualquier instalación de tanque para consumo privado, no subterráneo; con el fin de que opere dentro de condiciones aceptables de seguridad y funcionalidad preservando la integridad de las personas y del ambiente. Estas especificaciones técnicas deben ser exigibles para los sistemas mecánicos y eléctricos involucrados en todo proyecto, construcción, remodelación, ampliación o cierre temporal o permanente/abandono de cualquier instalación de tanque para consumo privado, no subterráneo. Estas especificaciones no incluyen todo lo relativo a la obra civil, lo cual será objeto de otras normas.Ver norma
HieloNSO 13.07.04:00Hielo. Especificaciones y Buenas Prácticas de Fabricación.Establece los requisitos y características que debe cumplir el hielo de calidad alimentaria, producido para su comercialización como tal, la norma también define las condiciones higiénico sanitarias requeridas para la elaboración y manejo del hielo.Ver norma
LácteosNSO 67.01.01:06Productos Lácteos. Leche Cruda de Vaca. Especificaciones (Primera Actualización)Establecer las características físicas, químicas y microbiológicas que debe reunir la leche cruda de vaca, refrigerada y no refrigerada.Ver norma
LácteosNSO 67.01.06:95Leche Condensada Entera y Leche Condensada Descremada.Establece las características y especificaciones que debe cumplir la leche condensada entera y la leche condensada descremada.Ver norma
LácteosNSO 67.01.07:95Leche Evaporada Entera y Leche Evaporada Descremada.Establece las características y especificaciones técnicas que debe cumplir la leche evaporada entera y la leche evaporada descremada.Ver norma
LácteosNSO 67.01.09:95Productos de Imitación de la Crema de Leche. Especificaciones.Establece las especificaciones y características que deben cumplir los productos de imitación de la crema de leche que se presentan en forma de un liquido denso. Esta norma no es aplicable a los productos sucedáneos de la crema de leche que se presentan en forma de polvo.Ver norma
LácteosNSO 67.01.13:05Estándares de calidad. Norma para el Queso Cottage y el Queso Cottage de Crema.Establece los requisitos que debe cumplir el queso cottage y el queso cottage de crema.Ver norma
LácteosNSO 67.01.10:08Productos Lácteos. Yogurt. Especificaciones (Primera Actualización)Establece las especificaciones y características que debe establecer el yogurt.Ver norma
Material MédicoNSO 11.37.01:04Jeringas Desechables y agujas hipodérmicas desechables. Especificaciones.La presente norma tiene por objeto establecer las características y especificaciones que deben cumplir las jeringas desechables y agujas hipodérmicas desechables fabricadas en el país o en el extranjero.Ver norma
Materiales de ConstrucciónNSO 77.13.01:07Materiales de Construcción. Especificaciones para las Barras de Acero Lisas y Corrugadas para el refuerzo del concreto (laminado en caliente).Establece las especificaciones y los métodos de prueba que deben de cumplir las barras lisas y corrugadas de acero para refuerzo de concreto.Ver norma
Materiales de ConstrucciónNSO 91.13.01:03Materiales de construcción . Especificaciones para cemento Portland.Establece las especificaciones de los tipos de cemento Portland.Ver norma
Materiales de ConstrucciónNSO 91.13.03:03Materiales de Construcción. Especificación normalizada para cemento de mampostería.Establece las especificaciones de los tipos de cemento de mampostería.Ver norma
Materiales de ConstrucciónNSO 91.13.05:03Materiales de Construcción. Especificaciones por desempeño para cemento hidráulico.Establece especificaciones de los cementos hidráulicos mezclados tanto para aplicaciones generales y especiales.Ver norma
Materiales de ConstrucciónNSO 91.13.04:03Materiales de Construcción. Especificaciones para cemento hidráulico mezcladoEsta especificación pertenece a cinco clases de cemento hidraulico mezclados para ambas aplicaciones generales y especiales, usando escoria o puzolana, o amabas o cemento portland o clínker de cemento portland escoria con calVer norma
MedidoresNSO 23.46.01:06Medición de Flujo de Agua en Consuctos Cerrados Totalmente Llenos.Medidores para Agua Potable Fría y Caliente. Parte 1. Especificaciones.Especifica la terminología, características técnicas, características metológicas y los requerimientos en la pérdida de presión para medidores de agua potable caliente y fría.Ver norma
MedidoresNSO 23.46.03:09Medición de Flujo de Agua en Conductos Cerrados Totalmente Llenos. Medidores para Agua Potable Fría y Caliente. Parte 3. Especificaciones.Establece los métodos de ensayo y los medios que se deben emplear en la determinación de las principales características de los medidores de agua.Ver norma
MedidoresNSO 17.08.08:04Equipos para la Medición de Emisiones contaminantes vehiculares. Especificaciones y procedimientos de calibración.La presente norma establece las principales características, los procedimientos de calibración y la periodicidad de la misma que, con el fin de garantizar la confiabilidad de los resultados, deben cumplir los equipos que se utilizan para la verificación de los límites permisibles de emisiones contaminantes a la atmósfera, generados por vehículos automotores en circulación equipados con motores que utilizan gasolina, diesel u otros combustibles alternos, dichos límites se han fijado en la NSO 13.11.03:01 Emisiones Atmosféricas. Fuentes Móviles.Ver norma
MedidoresNSO 17.08.09:04Medidores Vatios hora electromecánicos. Especificaciones y Métodos de Prueba.Establecer las definiciones y características eléctricas, físicas, mecánicas, empaque y marcado de los medidores tipo "A" y tipo "S", asimismo, cubre las designaciones de clase, tensión y frecuencia nominales, valores de la corriente de prueba o arreglos de alambrado interno, dimensiones pertinentes, marcado del disco, requisitos del registro, sus pruebas y métodos de prueba correspondientes, para la evaluación de los prototipos de medidores, de inducción de corriente alterna.Ver norma
MedidoresNSO 17.08.10:04Medidores multifunción para sistemas eléctricos. Especificaciones y métodos de pruebaLa presente Norma establece las especificaciones técnicas y métodos de prueba aplicables a los medidores multifunción para sistemas eléctricos.Ver norma
Medio AmbienteNSO 13.11.01:01Calidad del Aire Ambiental. Inmisiones Atmosféricas.Esta norma establece los límites de inmisiones de los principales contaminantes del aire, que garantizan una calidad del aire ambiental aceptable para la salud y la vida humana en particular y para la vida silvestre en general.Ver norma
Medio AmbienteNSO 13.11.03:01Emisiones Atmosféricas. Fuentes Móviles.Esta norma establece los límites permisibles de contaminantes a la atmosfera generados por fuentes móviles.Ver norma
Medio AmbienteNSO 13.04.10:03Productos de Petróleo. Manejo de Aceite UsadoEsta norma tiene por objeto establecer los requerimientos para el manejo del aceite usado previamente como lubricanteVer norma
Productos apícolasNSO 67.19.01:08Miel de Abeja. Especificaciones. (Segunda Actualización).Regula las especificaciones físico-químicas y microbiológicas de la miel de Apis Mellifera.Ver norma
Productos apícolasNSO 67.38.03:05Jalea real. Especificaciones.Establece la identidad y los requisitos de calidad que debe cumplir la jalea real para consumo humano.Ver norma
Productos apícolasNSO 65.38.01:05Calidad del Polén de Abeja.EspecificacionesEstablece las características y requisitos mínimos de calidad que debe tener el polen de abejas para consumo humano.Ver norma
Productos apícolasNSO 67.38.02:05Preparados Alimenticios con Miel de Abeja. Especificaciones.Establece las características y especificaciones que deben cumplir los preparados alimenticios con miel de abejas (Apis mellifera).Ver norma
Productos apícolasNSO 65.19.02:03Calidad de propoleos CrudoEstablecer la identidad y los requisitos mínimos de calidad que debe cumplir el propóleo crudo.Ver enlace
Productos pesquerosNSO 67.32.02:08Valores Límites de nitrógeno básico volátil Total NBVT e Histamina de determinadas categorías de productos pesqueros y los metodos de analisis que deben de utilizarse.Esta norma tiene por objeto establecer los parámetros oficiales del contenido de plomo, cadmio, mercurio y otros contaminantes como dioxinas y benzopirenos en los productos pesqueros frescos y estaño inorgánico en productos en conserva, y el muestreo de acuerdo con las normas indicadas a continuación. Las muestras globales así obtenidas se considerarán representativas de los lotes o sublotes.Ver norma
Productos pesquerosNSO 67.32.03:03Modalidades de control Visual para detectar parásitos en los productos de la pesca.Esta norma establece las modalidades de control visual para detectar parásitos en los productos de la pesca.VEr norma
Productos pesquerosNSO 67.32.04:03Normas mínimas de higiene aplicable a los productos de la pesca obtenidos a bordo de terminados Buques pesqueros.Esta norma determina las condiciones suplementarias de higiene en los buques pesqueros cuyos productos se conserven a bordo más de 24 horas.Ver norma
Productos pesquerosNSO 67.32.07:10Productos Pesqueros. Productos de La Pesca Venenosos.Esta norma tiene por objeto identificar los productos pesqueros venenosos por naturaleza y aquellos que contengan biotoxinas peligrosas a la salud humana por su ingesta.Ver norma
Productos pesquerosNSO 67.32.05:08Aditivos alimentarios distintos de los colorantes y edulcorantes aplicada a los productos pesqueros.Primera actualización.Esta norma tiene por objeto regular el uso de aditivos alimentarios distintos de los colorantes y edulcorantes para proteger al consumidor y que a trvés de su regulación se evite las condiciones de competencia desleal.Ver norma
Productos pesquerosNSO 67.32.06:09Productos Pesqueros. Evaluación Sensorial de la Frescura de Productos de la PescaEstablece las características organolépticas en la categoría de frescura de los productos de la pesca.Ver norma
PupusasNSO 67.45.02:06Pupusas de Maíz Crudas y Precocidas Congeladas. Especificaciones.Establece las características y especificaciones que deben cumplir las pupusas crudas congeladas y las pupusas precocidas congeladas a base de harina de maíz nixtamalizado y/o maíz nixtamalizado.Ver norma
Salsas y aderezosNSO 67.62.01:09Salsa y Aderezos. Mayonesa. EspecificacionesEsta norma establece las caraterísticas, especificaciones técnicas y de calidad, así como aspectos de inocuidad que deben cumplir las mayonesas.Ver norma
SaludNSO 11.37.02:05Condones. Especificaciones.Esta norma tiene por objeto establecer los requisitos de calidad para los condones de uso masculinos y femeninos.Ver norma
SaludNSO 11.43.01:06Esfigmomanómetros mecánicos no invasivos.Esta norma especifica los requisitos generales de eficiencia, desempeño, seguridad mecánica y eléctrica, incluyendo métodos de ensayo para la aprobación de modelo, aplicables a los esfigmomanómetros mecánicos no invasivos y sus accesorios.Ver norma
SaludNSO 11.37.03:07Soluciones Parenterales de gran volumen. Especificaciones.Esta norma tiene por objeto establecer los requisitos de calidad que deben cumplir las soluciones parenterales de gran volumen.Ver norma
Transporte de cargaNSO 55.29.01:01Transporte de carga. Peso, dimensiones y seguridad vial.Esta Norma regula el peso, dimensiones, capacidad, clasificación y señalización de los vehículos de transporte de carga; con el fin de brindar mayor seguridad a los que circulan por la red vial y disminuir el desgaste de la misma.Ver norma
CategoriaResolución COMIECOCódigoNombre de la NormaObjetivoNormaResolución
Aditivos alimentariosNo. 283-2012 (COMIECO LXII)RTCA 67.04.54:10Alimentos y Bebidas Procesadas. Aditivos Alimentarios.Establecer los aditivos alimentarios y sus límites máximos permitidos en las diferentes categorías de alimentos.Ver reglamento
Alimentación animal282-2012 (COMIECO LXII)RTCA 65.05.52:11Productos Utilizados en Alimentación Animal y Establecimientos. Requisitos de Registro Sanitario y Control.Establecer las disposiciones de registro sanitario y controlVer reglamento
Alimentación animal300-2012 (COMIECOLXIV)RTCA 65.05.63:11Productos utilizados en alimentación animal. Buenas Prácticas de ManufacturaEstablecer las disposiciones generales sobre buenas prácticas de manufactura e higiene de los productos utilizados en alimentación animal, con el fin de garantizar alimentos inocuos y de calidad.Ver reglamento
Alimentos201-2007 (COMIECOXLV)RTCA 67.01.15:07Harina. Harina de Trigo Fortificada.Especificaciones.Establece las características y especificaciones que debe cumplir la harina de trigo fortificada.Ver reglamento
Alimentos215-2007 (COMIECOXLVII)RTCA 67.04.40:07Alimentos y Bebidas Procesados.Grasas y Aceites. Especificaciones.Establece las especificaciones generales que deben cumplir los aceites y las grasas vegetales, animales y marinos, y sus derivados comestibles, preenvasados y procesados de tal forma que sean aptos para el consumo humano y que se comercialicen en el territorio nacional.Ver reglamento
Alimentos176-2006 (COMIECOXXXVIII)RTCA 67.01.33:06Industria de Alimentos y Bebidas Procesadas. Buenas Prácticas de Manufactura. Principios Generales.Establece las disposiciones generales sobre prácticas de higiene y de operación durante la industrialización de los productos alimenticios, a fin de garantizar alimentos inocuos y de calidad.Ver reglamento
Alimentos216-2007 (COMIECOXLVII)RTCA 67.01.31:07Alimentos Procesados. Procedimiento para otorgar el Registro Sanitario y la Inscripción Sanitaria.Establece el procedimiento para otorgar el registro sanitario y la inscripción sanitaria de alimentos procesados.Ver reglamento
Alimentos243-2009 (COMIECOLV)RTCA 67.04.50:08Alimentos.Criterios Microbiológicos para la Inocuidad de Alimentos.Establece los parámetros microbiológicos de la inocuidad de los alimentos y sus límites de aceptación para el registro y la vigilancia en los puntos de comercialización.Ver reglamento
Alimentos226-2008 (COMIECOXLIX)RTCA 67.04.48:08Alimentos y Bebidas Procesados. Néctares de frutas.Especificaciones.Establece las especificaciones generales que deben cumplir los néctares de frutas preenvasados.Ver reglamento
Alimentos216-2007 (COMIECOXLVII)RTCA 67.01.31:07Alimentos y Bebidas Procesados. Procedimiento para otorgar la licencia sanitaria o permiso de funcionamiento a fábricas y bodegasEstablece el procedimiento para otorgar la licencia sanitaria a fábricas y bodegas de alimentos procesados.Ver reglamento
Alimentos176-2006 (COMIECOXXXVIII)RTCA 67.01.32:06Requisitos para la importación de alimentos procesados con fines de exhibición y degustación.Establece los requisitos para autorizar las importaciones de alimentos procesados que no cuenten con registro sanitario, para la exhibición y algunos casos para la degustación de los mismos.Ver reglamento
AlimentosNo. 276-2011 (COMIECO LXI)RTCA 67.06.55:09Buenas Prácticas de Higiene para Alimentos no Procesados y SemiprocesadosEl presente reglamento tiene como objetivo establecer las disposiciones generales sobre prácticas de higiene en alimentos no procesados, desde la recepción de las materias primas, el procesamiento, el envasado, el almacenamiento y el transporte, para garantizar alimentos inocuos y aptos para el consumo humano.Ver reglamento
AlimentosNo. 276-2011 (COMIECO LXI)Guía de verificación para el RTCA 67.06.55:09Guía para la verificación de cumplimiento del RTCA 67.06.55:09, Buenas prácticas de higiene para alimentos no procesadosFacilitar la verificación de cumplimiento del RTCA 67.06.55:09 Buenas prácticas de higiene para alimentos no procesados y semiprocesados, brindando orientaciones a los inspectores o auditores oficiales para la interpretación uniforme de los requerimientos establecidos en el reglamentoVer reglamento
Asfalto142-2005 (COMIECO XXXII)RTCA 75.01.22:04Productos de Petróleo. Asfaltos. Especificaciones.Establecer las especificaciones mínimas de calidad , así como los métodos de ensayo que deben cumplir los asfaltos.Ver reglamento
BiocombustiblesNo. 198-2007 (COMIECO- XLIV)RTCA 75.02.43:07Biocombustibles. Biodiesel (B 100) y sus Mezclas con Aceite combustible Diesel. Especificaciones.Especificar las características físico químicas que debe de cumplir el Biodisel (B100) para ser utilizado o comercializado como carburante en los países miembros de la región Centroamericana.Ver reglamento
Cosméticos231-2008 (COMIECO-L)RTCA 71.03.49:08Productos cosméticos. Buenas prácticas de manufactura para los laboratorios fabricantes de productos cosméticos.Normar el control sanitario de los productos cosméticos, estableciendo las buenas prácticas de manufactura, que regule todos los procedimientos involucrados en su fabricación, con el fin de asegurar la calidad de los mismos.Ver reglamento
Cosméticos231-2008 (COMIECO-L)RTCA 71.01.35:06Cosméticos. Registro e Inscripción Sanitaria de Productos CosméticosEstablece las condiciones y requisitos bajo las cuales se otorgará el registro o inscripción de los productos cosméticos para su comercialización.Ver reglamento
Cosméticos231-2008 (COMIECO-L)RTCA 71.03.45:07Productos Cosméticos. Verificación de la Calidad.Establece las pruebas análiticas de control que deben ser evaluadas para comprobar la calidad de los cosméticos y asegurar a la población que mantienen sus características de acuerdo a sus especificaciones.Ver reglamento
Etiquetado231-2008 (COMIECO-L)RTCA 71.03.36:07Productos Cosméticos. Etiquetado de Productos CosméticosEstablece los requisitos de información que debe contener la etiqueta de productos cosméticos de cualquier capacidad para evitar que su uso represente un riesgo a la salud.Ver reglamento
Etiquetado230-2008 (COMIECO-L)RTCA 71.03.38:07Productos Higiénicos. Etiquetado de Productos HigiénicosRegular el etiquetado de los productos higiénicos.Ver reglamento
EtiquetadoNo. 275.2011 (COMIECO LXI)RTCA 11.01.02:04Productos Farmacéuticos. Etiquetado de Productos Farmacéuticos para Uso Humano.El objeto de este reglamento técnico es establecer los requisitos mínimos que debe cumplir el etiquetado de productos farmacéuticos para uso humano, tanto para 105 productos del territorio de los 105 países de la Región Centroamericana, como los extranjeros.Ver reglamento
EtiquetadoNo. 280-2012 (COMIECO LXII)RTCA 11.04.41:06Productos Farmacéuticos. Productos Naturales medicinales para uso humano. Requisitos de EtiquetadoEstablecer los requisitos que debe cumplir el etiquetado de productos naturales medicinales para uso humano, que se comercializan en los países CentroamericanosVer reglamento
EtiquetadoResolución No. 332-2013 (COMIECO-LXVI)RTCA 67.01.05:11 (Entrará en Vigencia el 12 de junio de 2014)Bebidas Alcohólicas. Bebidas Alcohólicas Fermentadas. Requisitos de Etiquetado.Establece los requisitos que debe cumplir el etiquetado de las bebidas alcohólicas fermentadas preenvasadas para consumo humano.Ver reglamento
EtiquetadoNo. 332-2013 (COMIECO-LXVI)RTCA 67.01.06:11 (Entrará en Vigencia el 12 de junio de 2014)Bebidas Alcohólicas. Bebidas Alcohólicas Destiladas. Requisitos de Etiquetado.Establece los requisitos que debe cumplir el etiquetado de las bebidas alcohólicas destiladas preenvasadas para consumo humanoVer reglamento
EtiquetadoNo. 311-2013 (COMIECO-LXV)RTCA 61.01.03:12Calzado y sus partes. Requisitos de EtiquetadoEstablece los requisitos de debe cumplir el etiquetado del calzado y sus partes cuando se vendan por separadoVer reglamento
EtiquetadoN° 353-2014 (COMIECO-LXIX)RTCA 59.01.08:12Textiles y Productos Textiles. Requisitos de EtiquetadoEstablece los requisitos que debe cumplir el etiquetado de los textiles y productos textiles.Ver reglamento
EtiquetadoN° 280-2012 (COMIECO-LXII)RTCA 67.01.07:10Etiquetado General de los Alimentos previamente envasados (Preenvasados)Establece los requisitos que debe cumplir el etiquetado de alimentos preenvasados para consumo humano.Ver reglamento
EtiquetadoN° 277-2011 (COMIECO-LXI)RTCA 67.01.60:10Etiquetado Nutricional de productos alimenticios preenvasados para consumo humano para la población a partir de 3 años de edad.Establece los requisitos mínimos que debe cumplir el etiquetado de productos alimenticios previamente envasados para consumo humano destinados a la población a partir de 3 años de edad..Ver reglamento
Hidrocarburos152-2005 (COMIECO XXXIII)RTCA 75.01.21:05Productos de petróleo. Gases licuados de petróleo: propano comercial, butano comercial y sus mezclas. EspecificacionesEspecificar las características físico químicas que debe de cumplir el Gas licuado de petróleo (GLP): Propano comercial, Butano comercial y sus mezclas, que se comercialicen en los países Parte del Protocolo al Tratado General de Integración Económica Centroamericana Protocolo de Guatemala.Ver reglamento
Hidrocarburos169-2006 (COMIECO XLIX)RTCA 75.01.19:06Productos de petróleo: Gasolina regular. EspecificacionesEspecificar las características físicas químicas que debe cumplir la gasolina regular para uso automotriz.Ver reglamento
Hidrocarburos142-2005 (COMIECO XXXII)RTCA 75.01.20:04Productos de petróleo. Gasolina superior. Especificaciones.Especificar las características físico químicas que debe de cumplir la gasolina superior para uso automotriz.Ver reglamento
Hidrocarburos167-2006 (COMIECO-XLIX)RTCA 75.01.15:04Productos de petróleo. Aceites Lubricantes para Motores a Gasolina o Motores a Diesel. EspecificacionesEstablecer las especificaciones mínimas de calidad e información comercial que debe contener todo aceite lubricante para uso de automotor de vehículos a gasolina, diesel que se comercializa en los países miembros de la Unión Aduanera, a granel o mediante envases individuales, así como los métodos de verificación para determinar la veracidad de la información comercial establecida.Ver reglamento
Hidrocarburos142-2005 (COMIECO XXXIII)RTCA 75.01.12:04Productos de Petróleo. Gasolina de Aviación (AvGas) EspecificacionesEstablecer las especificaciones de tipos definidos de gasolina de aviación para uso civil, no incluye todas las gasolinas adecuadas par máquinas reciprocantes de aviación.Ver reglamento
HidrocarburosNo. 187-2006 (COMIECO-XL)RTCA 75.02.17:06Productos de Petróleo. Aceite Combustible Diesel No. 2-D (Automotriz). Especificaciones.Especificar las características físico químicas que debe de cumplir el diesel para uso automotriz y termoeléctrico en los Estados parte de la Unión Aduanera Centroamericana.Ver reglamento
Hidrocarburos142-2005 (COMIECO XXXIII)RTCA 75.01.14:04Productos de Petróleo. Kerosene de iluminación. EspecificacionesEs aplicable a la fracción intermedia de la destilación que se conoce como Kerosene de iluminación que se obtiene entre la Nafta (base para la gasolina) y el diesel, de características parfinicas y con un rango de destilación (ebullición) ASTM entre 200°C y 300°C.
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Hidrocarburos142-2005 (COMIECO XXXIII)RTCA 75.01.13:04Productos de Petróleo. Kerosene de Aviación (Jet A-1) Especificaciones.Se aplica a la fracción intermedia de la destilación que obtiene entre la Nafta (base para la gasolina) y el diesel, y que presenten las características de funcionalidad: facilidad de bombeo a bajas temperaturas, facilidad de reencendido a grandes altitudes y combustión optima, las que lo hacen ideal para turbinas de avionesVer reglamento
LácteosNº 366-2015(COMIECO-LXXII)RTCA 67.04.70:14PRODUCTOS LACTEOS. QUESOS. ESPECIFICACIONESEstablecer las especificaciones generales que deben cumplir los quesos que se ajustan a la definición que figura en el numeral 4 del presente Reglamento Técnico.Ver reglamento
LácteosNo. 337-2014 (COMIECO-EX)RTCA 67.04.66:12Leche Pasteurizada (Pasterizada)Establece las especificaciones generales que debe cumplir la leche que se ajusta a la definición que figura en la sección 4 del presente reglamento. VerVer reglamento
Lácteos312-2013 (COMIECO-LXV)RTCA 67.04.65:12Uso de Términos LecherosEste reglamento tiene por objeto establecer el uso correcto de los términos lecheros relacionados con los alimentos que se destinan al consumo humano directo o su ulterior elaboración.Ver reglamento
LácteosNo. 363-2015 (COMIECO-LCCI)RTCA 67.04.71:14Productos Lácteos. Cremas (Natas) y Cremas (Natas) Preparadas. Especificaciones ( Entrará en Vigencia 23-oct-15)Establecer las especificaciones que deben cumplir la crema (nata) y crema (nata) preparada que se ajustan a la definición que figura en el numeral 4 del presente reglamento.Ver resolución
Medicamentos214-2007 (COMIECOXLVII)RTCA 11.03.47:07Productos Farmacéuticos. Medicamentos para uso humano. Verificación de la Calidad.Establece las pruebas analíticas que deben ser realizadas para comprobar la calidad de los medicamentos por parte de la autoridad reguladora.Ver reglamento
Medicamentos188-2006 (COMIECOXL)RTCA 11.03.39:06Productos Farmacéuticos. Validación de Métodos Analíticos para la Evaluación de la Calidad de los MedicamentosEstablece las directrices para la validación de métodos analíticos fisicoquímicos y microbiológicos utilizados en el control de los alimentos.Ver reglamento
Medicamentos256-2010 (COMIECO-LIX)RTCA 11.01.04:10 Primera actualizaciónProductos Farmacéuticos. Estudios de Estabilidad de Medicamentos para Uso HumanoEstablecer directrices para efectuar los estudios de estabilidad y determinar el periodo de validez de los medicamentos.Ver reglamento
Medicamentos270-2011 (COMIECO LXI)RTCA 11.03.56:09Productos Farmacéuticos. Productos Naturales Medicinales para Uso Humano. Verificación de la CalidadEstablecer las pruebas analíticas que deben ser realizadas para verificar la calidad de los productos naturales medicinales de uso humano por parte de la autoridad reguladoraVer reglamento
Medicamentos303-2013 (COMIECO-EX)RTCA 11.03.64:11 (Entrará en vigencia el 15 de noviembre de 2013)Productos Farmacéuticos. Productos Naturales Medicinales para Uso Humano. Requisitos de Registro Sanitario.Establecer las condiciones y los requisitos bajo los cuales se otorgará el registro sanitario de los productos naturales medicinales para uso humano para su comercialización.Ver reglamento
MedicamentosNo. 333-2013 (COMIECO-LXVI)RTCA 11.03.59:11 (Entrará en Vigencia el 12 de junio de 2014)Productos Farmacéuticos. Medicamentos de Uso Humano. Requisitos de Registro SanitarioEstablece las condiciones y requisitos bajo las cuales se otorgará el registro sanitario de los medicamentos para uso humano.Ver reglamento
Pesos y medidas291-2012 (COMIECO LXII)RTCA 01.01.11:06Cantidad de Productos en Preempacados.Requisitos de metrología legal para productos preempacados etiquetados en cantidades nominales predeterminadas de masa, volumen, longitud, área o conteo, y procedimientos y planes de muestreo para uso de los oficiales de metrología legal en la verificación de la cantidad de producto en preempacados.Ver reglamentos
PlaguicidasNo. 273-2011 (COMIECO LXI)RTCA 65.03.57:10Plaguicidas. Plaguicidas de uso Doméstico y de Uso Profesional. Requisitos de EtiquetadoEstablecer las indicaciones y especificaciones que deben aparecer en las etiquetas de los plaguicidas de uso doméstico y de uso profesional.Ver reglamento
Plaguicidas383-2017 (COMIECO-EX)RTCA 65.05.61 :16Plaguicidas microbiológicos de uso agrícola. Requisitos para el registro.Establecer los requisitos para otorgar el registro de plaguicidas microbiológicos de uso agrícola.Ver reglamento
PlaguicidasN° 346-2014 (COMIECO-LXVIII)RTCA 65.05.62:11Plaguicidas Botánicos de Uso Agrícola. Requisitos para el Registro (Vigente a partir del 27 de diciembre de 2014)Establece los requisitos para otorgar el registro de plaguicidas botánicos de uso agrícola.Ver reglamentoVer resolución
PlaguicidasN° 355-2014 (COMIECO-LXIX)----RTCA 65.05.62:11 Plaguicidas Botánicos de Uso Agrícola. Requisitos para el RegistroAprueba que RTCA 65.05.62:11 Plaguicidas Botánicos de Uso Agrícola. Requisitos para el Registro, aprobado por Resolución No. 346-2014 (COMIECO-LXVIII), no será aplicable para Honduras.Ver reglamento
PlaguicidasNº 365-2015 (COMIECO-LXXII)RTCA 65.05.67:13Insumos Agrícolas. Ingrediente Activo. Grado Técnico. Plaguicidas Químicos Formulados. Sustancias Afines, Coadyuvantes y Vehículos Físicos de uso Agrícola. Requisitos para la Elaboración de Etiquetas y Panfletos.Establecer la información que debe contener la etiqueta y el panfleto de los plaguicidas químicos formulados, sustancias afines, coadyuvantes y vehículos físicos de uso agrícola, así como la identificación del ingrediente activo grado técnico, según corresponda.Ver reglamento
Productos higiénicos230-2008 (COMIECO-L)RTCA 71.03.37:07Productos Higiénicos. Registro e Inscripción Sanitaria de Productos HigiénicosEstablece las condiciones y requisitos bajo las cuales se otorgará el registro e inscripción sanitaria de los productos higiénicos terminados.Ver reglamento
Recipientes a presiónNo. 152-2005 (COMIECO XXXIII)RTCA 23.01.28:05Recipientes a presión. Cilindros portátiles para contener GLP. Válvula de acoplamiento rápido. Especificaciones.Establecer las especificaciones mínimas y métodos de prueba y ensayo de la válvula de acoplamiento rápido utilizada para carga y descarga de gas licuado de petróleo (GLP) en recipientes portátiles que circulen en los países Parte del Protocolo al Tratado General de Integración Económica Centroamericana Protocolo de Guatemala.Ver reglamento
Recipientes a presiónNo. 152-2005 (COMIECO- XXXIII)RTCA 23.01.27:05Recipientes a presión. Cilindros portátiles para contener GLP. Válvula de acoplamiento roscado (tipo POL). Especificaciones.Establecer las especificaciones mínimas y métodos de prueba de las válvula de acoplamiento roscado (tipo POL) utilizada para carga y descarga de gas licuado de petróleo (GLP) en recipientes portátiles que circulen en los países Parte del Protocolo al Tratado General de Integración Económica Centroamericana Protocolo de Guatemala.Ver reglamento
Recipientes a presiónNo. 152-2005 (COMIECO XXXIII)RTCA 23.01.29:05Recipientes a presión. Cilindros portátiles para contener GLP. Especificaciones de fabricación.Establecer las especificaciones de diseño y fábrica, así como los métodos de prueba y ensayo a que deben someterse los envases cilíndricos portátiles para contener gas licuado de petróleo (GLP).Ver reglamento
Recipientes a presión169-2006 (COMIECO- XLIX)RTCA 23.01.23:06Recipientes a presión cilindros portátiles parar contener GLP sello de inviolabilidad (marchamo). EspecificacionesEstablecer las especificaciones mínimas que deben cumplir todo sello de inviolabilidad (marchamo) que se instalen las válvulas de los cilindros portátiles para GLP, que circulen en los Estados Parte de la Unión AduaneraVer reglamento
Recipientes a presión169-2006 (COMIECO- XLIX)RTCA 23.01.24:06Recipientes a presión. Cilindros portátiles para contener gas licuado de petróleo. Vehículos terrestre de reparto. Especificaciones de seguridadEstablecer las especificaciones mínimas de seguridad que debe cumplir todo vehículo terrestre de reparto que transporta cilindros portátiles en servicio que contiene GLP que circulen en los estados Parte de la Unión Aduanera.Ver reglamento
Transporte TerresteNo. 152-2005 (COMIECO-XXXIII)RTCA 13.01.25:05Transporte terrestre de hidrocarburos líquidos (excepto GLP). Especificaciones.Establecer los requisitos mínimos de diseño y construcción que deben de cumplir las unidades de transporte terrestres de hidrocarburos líquidos (excepto GLP), que circulen en los países parte del Protocolo al Tratado General de Integración Económica Centroamericana- Protocolo de GuatemalaVer reglamento
Transporte TerresteNo. 152-2005 (COMIECO- XXXIII)RTCA 13.01.26:05Transporte terrestre de gas licuado de petróleo(GLP) a granel. Especificaciones.Establecer las especificaciones mínimas de diseño y construcción que deben cumplir las unidades de transporte terrestre de gas licuado de petróleo, que circulen en los países Parte del Protocolo al Tratado General de Integración Económica Centroamericana Protocolo de GuatemalaVer reglamento
Medicamentos340-2014 COMIECO-LXVIIRTCA 11.03.42:07PRODUCTOS FARMACÉUTICOS. MEDICAMENTOS DE USO HUMANO. BUENAS PRÁCTICAS DE MANUFACTURA PARA LA INDUSTRIA FARMACÉUTICA Y SU GUÍA DE VERIFICACIÓNEl presente reglamento técnico establece los principios y directrices de las Buenas Prácticas de Manufactura que regulan todos los procedimientos involucrados en la manufactura de productos farmacéuticos a fin de asegurar la eficacia, seguridad y calidad de los mismos.Ver reglamento
Medicamentos326-2013 COMIECO-LXVIRTCA 65.05.51:08MEDICAMENTOS VETERINARIOS Y PRODUCTOS AFINES. REQUISITOS DE REGISTRO SANITARIO Y CONTROLEstablecer las disposiciones de registro sanitario y control de los medicamentos para uso veterinario, productos afines y establecimientos.Ver reglamento
Fertilizantes374-2015 COMIECO-LXXIVRTCA 65.05.54:15FERTILIZANTES Y ENMIENDAS DE USO AGRÍCOLAEstablecer los requisitos para otorgar el registro de fertilizantes y enmiendas de uso agrícolaVer reglamento
Frutas y hortalizas265-2011 COMIECO-LXRTCA 65.05.34:06REGISTRO DE VARIEDADES COMERCIALES. REQUISITOS DE INSCRIPCIONEstablecer los requisitos que deben cumplirse a efectos de inscribir una variedad vegetal en el registro de variedades comerciales, de modo que se faculte la comercialización de su semilla.Ver reglamento
Frutas y hortalizas259-2010(COMIECO-LIXRTCA 65.05.53:10INSUMOS AGROPECUARIOS. REQUISITOS PARA LA PRODUCCION Y COMERCIALIZACION DE SEMILLA CERTIFICADA DE GRANOS BASICOS Y SOYA.Establecer los requisitos, procedimientos y estándares de campo y laboratorio que deben cumplirse para la producción y comercialización de semilla certificada de granos básicos (arroz, sorgo, frijol, maíz) y soya.Ver reglamento
Plaguicidas258-2010 COMIECO-LIXRTCA 65.03.44:07PLAGUICIDAS. PLAGUICIDAS DE USO DOMESTICO Y DE USO PROFESIONAL. REQUISITOS DE REGISTRO.Establecer los requisitos para el registro de los plaguicidas de uso doméstico y de uso comercial.Ver reglamento
Hidrocarburos341-2014 COMIECO-LXVIIRTCA 75.02.17:13PRODUCTOS DEL PETROLEO. ACEITE COMBUSTIBLE DIESEL. ESPECIFICACIONESEspecificar las características físico-químicas que debe cumplir el diesel para uso automotriz y termoeléctrico en los Estados parte de la región centroamericana.Ver reglamento
EtiquetadoCOMIECO LXXVIIGUIA PARA LA INTERPRETACION DEL RTCA 67.01.07:10 ETIQUETADO GENERAL DE LOS ALIMENTOS PREVIAMENTE ENVASADOS(PREENVASADOS), APROBADO MEDIANTE RESOLUCION Nº 280-2012(COMIECO-LXXII)Orientar de forma clara y sencilla los lineamientos generales para que empresarios y reguladores tengan mayor claridad sobre la interpretación y cumplimiento del RTCA 67.01.07:10, utilizando para su elaboración, la experiencia lograda por los diferentes entes reguladores de los Estados parte.Ver reglamento
LácteosTOMO Nº 417 , viernes 8 de diciembre de 2017 NÚMERO 230RTCA 67.04.72:17Productos lácteos. Quesos no madurados, incluido el queso fresco. Especificaciones.Establecer las especificaciones que deben cumplir los quesos no madurados incluido el queso fresco, que se ajustan a la definición que figura en el numeral 4 del presente reglamento técnico.Ver reglamento
LácteosTOMO Nº 425,lunes 21 de octubre de 2019 NÚMERO 197RTCA 67.04.76:18Productos lácteos. Leches en polvo y crema (nata) en polvo. EspecificacionesEstablecer las especificaciones que deben cumplir las leches en polvo y crema (nata) en polvo, que se ajustan a la definición que figura en el numeral 4.1 del presente reglamento técnico.Ver reglamento
Eficiencia energéticaN° 451-2021 (COMIECO-XCVIII) Diario Oficial # 434 Tomo 434 Viernes 11 de febrero de 2022RTCA 23.01.78:20Productos eléctricos. Acondicionadores de aire tipo dividido inverter, con flujo de refrigerante variable, descarga libre y sin ductos de aire. Especificaciones de Eficiencia Energética.Establecer los requisitos de Eficiencia Energética mínimas, el método de ensayo, el procedimiento de la evaluación de la conformidad y el etiquetado que deben cumplir los acondicionadores de aire tipo dividido inverter con flujo de refrigerante variable, descarga libre y sin ductos de aire, que se fabriquen, importen o comercialicen en los Estados Parte.Ver reglamento
AlimentosN° 435-2020 (COMIECO-EX) Diario Oficial N° 197 tomo 425 del 21 de octubre de 2019RTCA 67.04.77:20Productos lácteos. Mantequilla. EspecificacionesEstablecer las especificaciones que debe cumplir la mantequilla, que se ajusta a la definición que figura en el numeral 4 del presente reglamento técnico centroamericano.Ver reglamento
CategoriaCódigoNombre de la NormaObjetivoNorma
MedicamentosRTS 11.02.02:16PRODUCTOS FARMACÉUTICOS. MEDICAMENTOS PARA USO HUMANO. FARMACOVIGILANCIAEstablecer los lineamientos para la detección, cuantificación, evaluación, análisis y prevención de reacciones adversas a medicamentos, eventos
supuestamente atribuidos a vacunación e inmunizaciones y otros problemas relacionados a los medicamentos de uso humano
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CarneRTS 67.05.01:13INSPECCION SANITARIA DE LA CARNE PORCINAEl presente reglamento tiene por objeto desarrollar las disposiciones contenidas en la legislación vigente, respecto a la inspección sanitaria en los establecimientos autorizados dedicados al procesamiento de porcinos y sus productosVer reglamento
Productos ApícolasRTS 65.03.01:14BUENAS PRACTICAS APICOLAS EN LA PRODUCCIÓN DE MIEL DE ABEJAEstablecer las especificaciones técnicas de buenas prácticas apícolas en la producción de la miel de abejas.Ver reglamento
Materiales de ConstrucciónRTS 91.02.01:14Urbanismo y Construcción en lo Relativo al uso del Sistema Constructivo de Adobe para viviendas de un nivel.Regula los requerimientos técnicos que deban cumplir las edificaciones de adobe, a fin de garantizar la seguridad de sus habitantes y minimizar los riesgos que se puedan generar por desastres naturales.Ver reglamento
Materiales de ConstrucciónRTS 91.01.01:13Vivienda Social de Un Nivel (Mampostería de bloque de concreto y mampostería confinada).Establece las especificaciones técnicas mínimas para la construcción de viviendas de Un Nivel (Mampostería de Bloque de Concreto y Mampostería Confinada).Ver reglamento
SaludRTS 13.03.01:14MANEJO DE LOS DESECHOS BIOINFECCIOSOSEstablecer los requisitos sanitarios que se deben cumplir para el manejo de los desechos bioinfecciosos.Ver reglamento
SaludRTS 13.02.04:14VIGILANCIA SANITARIA DE PISCINAS Y BALNEARIOSEstablecer los requisitos sanitarios para la instalación y funcionamiento de piscinas públicas y privadas de uso colectivo, con o sin sistema de recirculación y de balneariosVer reglamento
SaludRTS 11.01.01:13Buenas Prácticas de Laboratorio Clínico. Especificaciones.Establece requisitos mínimos de calidad y competencia, para garantizar las buenas prácticas de laboratorio, en la ejecusión de los análisis clínicos para el beneficio de sus usuarios.Ver reglamento
Productos pesquerosRTS 67.01.01:13Productos pesqueros. buenas prácticas de manufactura y criterios microbiológicos aplicables a productos de la pesca y acuiculturaAsegurar el cumplimiento de las buenas prácticas de manufactura y los criterios microbiológicos que deben cumplir los productos de la pesca y acuicultura destinados al consumo nacional. VerVer reglamento
Productos pesquerosRTS 67.01.02:13PRODUCTOS PESQUEROS. VALORES Y METODOS DE TOMA DE MUESTRAS PARA EL CONTROL DE LOS NIVELES DE PLOMO, CADMIO, MERCURIO Y ESTAÑO INORGÁNICO Y SE FIJA EL CONTENIDO MÁXIMO DE CADA UNO EN DETERMINADOS PRODUCTOS PESQUEROS.Establecer los parámetros del contenido de plomo, cadmio, mercurio y otros contaminantes como dioxinas y benzopirenos en los productos pesqueros frescos. Para los productos en conserva se le establecerán los parámetros anteriores más el estaño inorgánico.Ver reglamento
Frutas y hortalizasRTS 67.04.01:13Buenas Prácticas Agrícolas de Frutas y HortalizasEstablece especificaciones técnicas de Buenas Prácticas Agrícolas referentes a la producción frutas y hortalizas.Ver reglamento
Frutas y hortalizasRTS 65.02.01:13Límites Máximos de Residuos de Plaguicidas Químicos en Frutas y Hortalizas para producción Nacional e ImportadosRegular la presencia de los residuos de plaguicidas y sus metabólitos, en frutas y hortalizas, mediante la aplicación de los Límites Máximos de Residuos (LMR) establecidos en este Reglamento, tomando como referencia los de Codex Alimentarius, la Agencia de Protección Ambiental (EPA)y Reglamento (CE) No 396/2005 del Parlamento Europeo y del Consejo de la Unión Europea; para que no constituyan riesgo en la salud humana,animal y al medio ambienteVer reglamento
MedicamentosRTS 11.02.01:15PRODUCTOS FARMACEUTICOS. MEDICAMENTOS DE USO HUMANO. BIOEQUIVALENCIA E INTERCAMBIABILIDADEstablecer los requisitos para demostrar la Bioequivalencia e intercambiabilidad de medicamentos multiorigen con el fin de garantizar su seguridad, calidad y eficacia.Ver reglamento
CarnesRTS 67.02.01:13PRODUCTOS AVICOLAS. CARNE DE AVES DE LA ESPECIE Gallus gallus BENEFICIADAS LISTAS PARA COCINAR ENTERAS, CORTES Y SUS MENUDOS. ESPECIFICACIONESEstablecer los requisitos de calidad e inocuidad que debe cumplir la carne de aves de la especie Gallus gallus beneficiadas enteras, en cortes y en sus menudos, producidas en el país o importadas antes de su comercialización.Ver reglamento
Productos OrgánicosRTS 65.01.01:13Reglamento para la Producción, Procesamiento, Comercialización y Certificación de Productos Orgánicos.Establece las regulaciones que deben regir para la producción comercialización y la certificación de productos orgánicos.Ver reglamento
Eficiencia EnergéticaRTS 97.01.01.15REFRIGERADORES Y CONGELADORES ELECTRODOMESTICOS. LIMITES, METODOS DE PRUEBA Y ETIQUETADO.Establecer los límites máximos de consumo de energía de los refrigeradores y congeladores electrodomésticos operados por moto compresor hermético, los métodos de prueba para determinar dicho consumo de energía, calcular el volumen refrigerado total y especificar la etiqueta de consumo de energía y su contenido.Ver reglamento
Eficiencia EnergéticaRTS 97.02.01.15 EFICIENCIA ENERGETICA. EQUIPOS DE REFRIGERACION COMERCIAL AUTOCONTENIDOS. LIMITES, METODOS DE PRUEBA Y ETIQUETADO.Establecer los límites de consumo máximo de energía eléctrica por litro de volumen refrigerado útil, los métodos de prueba para determinar su cumplimiento, así como los requisitos de etiquetado y marcado; para todos los aparatos de refrigeración comercial autocontenidos.Ver reglamento
Eficiencia EnergéticaRTS 29.01.01.15 EFICIENCIA ENERGETICA. MOTORES DE CORRIENTE ALTERNA, TRIFASICOS DE INDUCCION, TIPO JAULA DE ARDILLA.Establecer los valores de eficiencia nominal y mínima asociada, el método de prueba para su evaluación, los criterios de aceptación y las especificaciones de información mínima a marcar en la placa de datos de los motores eléctricos de corriente alterna, trifásicos, de inducción, tipo jaula de ardilla, en potencia nominal de 0,746 kW hasta 373 kW, abiertos y cerrados; que se importen a El SalvadorVer reglamento
Eficiencia EnergéticaRTS 23.01.01.15 EFICIENCIA ENERGETICA. ACONDICIONADORES DE AIRE TIPO CENTRAL, PAQUETE O DIVIDIDOEstablecer el nivel mínimo de Relación de Eficiencia Energética Estacional (REEE) que deben cumplir los acondicionadores de aire tipo central, determinar los métodos de prueba que deben usarse para verificar dicho cumplimiento y definir el etiquetado y su contenidoVer reglamento
Eficiencia EnergéticaRTS 23.01.02.15 EFICIENCIA ENERGETICA. ACONDICIONADORES DE AIRE TIPO CUARTO Establecer las especificaciones y los métodos de prueba de la Relación de Eficiencia Energética (REE), así como los métodos de prueba aplicables para verificar dichas especificaciones. Asimismo, definir el etiquetado y su contenido que deben de llevar los aparatos objeto de este Reglamento TécnicoVer reglamento
Eficiencia EnergéticaRTS 23.01.03.15 EFICIENCIA ENERGETICA. ACONDICIONADORES DE AIRE TIPO DIVIDIDOEstablecer la Relación de Eficiencia Energética (REE) mínima que deben cumplir los acondicionadores de aire tipo dividido, descarga libre y sin conductos de aire (conocidos como minisplit y multisplit), de ciclo simple (solo frío) o con ciclo reversible (bomba de calor), que utilizan condensadores enfriados por aire. Además, establecer el método de prueba que debe aplicarse para verificar dicho cumplimiento y definir el etiquetado y su contenidoVer reglamento
AlimentosRTS 67.06.01.13 FORTIFICACIÓN DE ALIMENTOS. ESPECIFICACIONES. (AZÚCAR, SAL, HARINA DE MAIZ NIXTAMILIZADO Y PASTAS ALIMENTICIAS)Establecer las características físicas, químicas, microbiológicas y especificaciones nutricionales, que deben cumplir los siguientes alimentos fortificados: azúcar, sal para consumo humano y animal, harina de maíz Nixtamalizado y pastas alimenticias.Ver reglamento
MedicamentosRTS 11.02.01.16 PRODUCTOS FARMACEÚTICOS. MEDICAMENTOS DE USO HUMANO. BIOEQUIVALENCIA E INTERCAMBIABILIDAD (PRIMERA ACTUALIZACIÓN)Establecer los requisitos para demostrar la Bioequivalencia e intercambiabilidad de medicamentos multiorigen con el fin de garantizar su seguridad, calidad y eficaciaVer reglamento
MetrologíaRTS 17.01.01:16METROLOGÍA. INSTRUMENTOS DE PESAJE DE FUNCIONAMIENTO NO AUTOMÁTICOEspecifica los requisitos metrológicos y técnicos aplicables a instrumentos de pesaje de funcionamiento no automáticos que son sometidos a controles metrológicos oficiales. Además, proporciona los requisitos y procedimientos de ensayo normalizados para evaluar las características metrológicas y técnicas de manera uniforme y trazable.Ver norma
MetrologíaRTS 01.02.01:18METROLOGÍA. SISTEMA INTERNACIONAL DE UNIDADES1. Definir las magnitudes, unidades de medida y los símbolos correspondientes del Sistema Internacional de Unidades (SI) y otras unidades fuera del SI, que han sido reconocidas por la Conferencia General de Pesas y Medidas (CGPM).

2. Establecer un lenguaje común que responda a las exigencias actuales de las diferentes actividades de medición en el país.
Ver norma
Eficiencia EnergéticaRTS 29.02.01:21Productos eléctricos. Luminarias. Especificaciones de Eficiencia EnergéticaEstablecer los rangos de desempeño energético mínimo, el método de ensayo, el etiquetado y el procedimiento de evaluación de la conformidad, que deben cumplir las lámparas y luminarias descritas en este reglamento, que se fabriquen, importen de manera definitiva, utilicen y comercialicen dentro del territorio salvadoreño.Ver norma
AlimentosRTS 67.08.02:19Café. Café tostado en grano y tostado molido. Requisitos de calidad.Establecer los requisitos mínimos de calidad que debe cumplir el café tostado en grano y el tostado molido para su comercialización.Ver norma
AlimentosRTS 67.03.01:21Productos de panadería. Clasificación y especificaciones.Establecer los requisitos de calidad e inocuida, las especificaciones y clasificaciones que deben cumplir los productos de panadería preenvasados.Ver norma
Publicado el 01-06-2021.