En esta sección podrá encontrar las Normas Obligarorias y Reglamentos Técnicos Cetroamericanos y Salvadoreños aplicables al sector de productos alimenticios, asi como tambien el Codigo de Buenas Practicas de Servicios Financieros.
Categoria | Codigo | Nombre de la Norma | Objetivo | Norma |
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Agua | NSO 13.07.02:08 | Agua. Agua Envasada. (Primera actualización). | Establece los requisitos físicos, químicos, microbiológicos, radiológicos y de control de las buenas prácticas de manufactura que debe cumplir el agua envasada destinada para consumo humano. | Ver norma |
Alcohol | NSO 71.12.01:98 | Alcoholes. Alcohol Etílico Desnaturalizado | Establecelas características y requisitos que deben reunir el alcohol etílico desnaturalizado. | Ver norma |
Alcohol | NSO 71.09.01:98 | Alcoholes. Alcohol Etílico | Esta norma debe aplicarse en todas las industrias dedicadas al proceso de este producto en el territorio nacional y al alcohol etílico de importación. | Ver norma |
Alimentos para animales | NSO 65.00.01:99 | Alimentos para animales. Leche fluida y en polvo para consumo animal. | Esta Norma Salvadoreña tiene por objeto proteger la salud humana y evitar desviaciones en la comercialización y procesamiento de este producto, el cual debe ser utilizado únicamente para el consumo animal. | Ver norma |
Bebidas | NSO 67.18.01:01 | Productos Alimenticios. Bebidas no Carbonatadas sin Alcohol. Especificaciones. | Establece las características y especificaciones que deben cumplir las bebidas no carbonatadas envasadas, conservadas mediante un tratamiento adecuado, listas para beber en el momento de su expedición o venta, producidos en el país o de origen extranjero. | Ver norma |
Café | NSO 67.31.03:04 | Estándares de Calidad. Café Soluble Instantáneo. | Establece los requisitos que debe cumplir el café soluble instantáneo en sus diferentes clasificaciones. | Ver norma |
Café | NSO 67.31.01:03 | Estándares de Calidad para el Café de Comercialización Nacional e Internacional. | Regula las especificaciones y características para la comercialización nacional e internacional de café oro (verde, green coffee). | Ver norma |
Desechos bioinfecciosos | NSO 13.25.01:07 | Norma técnica para el manejo de los desechos bioinfecciosos. | Establecer los requisitos sanitarios y medidas de bioseguridad para el manejo, transporte, tratamiento y disposición final, de los desechos bioinfecciosos. | Ver norma |
Detergente | NSO 71.36.01:04 | Detergente , Sintéticos en polvo para uso domestico | La presente norma tiene por objeto establecer las características y especificaciones que debe cumplir e detergente sintético en polvo para uso domestico , formulado para ser utilizado en el lavado de ropa y telas, producido en el país o en el extranjero | Ver norma |
Eficiencia Energética | NSO 29.39.01:04 | Eficiencia Energética de Lámparas Fluorescentes de dos Bases, Requisitos de Desempeño; o Energético y Etiquetado. | Especifica los rangos de desempeño y las características de la etiqueta informativa en cuanto a la eficacia energética de las lámparas fluorescentes de hasta dos bases y de los balastros con que ellas operan. | Ver norma |
Eficiencia Energética | NSO 29.39.02:06 | Componentes eléctricos de lámparas de alta intensidad de descarga (HID) eficientes para operarlas en luminarias de alumbrado público. Requisitos de desempeño energético y etiquetado. | Especifica los rangos de desempeño y las características de la etiqueta informativa en cuanto a la eficiencia energética y eficacia lumínica de las lámparas de alta intensidad de descarga (HID). Así como los componentes eléctricos para operarlas en luminarias de alumbrado público. | Ver norma |
Eficiencia Energética | NSO 29.47.01:09 | Eficiencia Energética y Seguridad de las lámparas Fluorescentes compactas integradas requisitos de desempeño energético y etiquetado | Esta Norma establece los límites mínimos de eficacia y la clasificación de eficiencia energética para las Lámparas fluorescentes compactas integradas (LFCI), así como las especificaciones de seguridad al usuario y los métodos | Ver norma |
Embalaje de madera | NSO 55.48.01:06 | Embalajes de madera. Especificaciones técnicas de las medidas fitosanitarias para el embalaje de madera en el intercambio comercial. | La presente norma tiene por objeto establecer las medidas fitosanitarias necesarias para reducir el riesgo de introducción y/o diseminación de plagas cuarentenarias asociadas con el embalaje de madera, utilizado en el intercambio comercial. | Ver norma |
Embutidos | NSO 67.02.13:98 | Norma de Carnes y Productos Cárnicos. Embutidos Crudos y Cocidos. | Establece las especificaciones y características que deben cumplir los embutidos crudos y cocidos destinados al consumo humano. | Ver norma |
Etiquetado | NSO 17.08.07:04 | Requerimientos de etiquetado para productos preempacados. | Establece el etiquetado de productos pre-empacados con contenido nominal constante con respecto a: a) La identidad del producto b) el nombre y domicilio del negocio del fabricante. | Ver norma |
Etiquetado | NSO 59.22.01:02 | Información Comercial Etiquetado de Productos Textiles, Prendas de Vestir y sus Accesorios. (Primera Revisión) | Establece la información comercial que los fabricantes y confeccionistas nacionales, así como los importadores, deben fijar en los textiles, ropa de casa y en las prendas de vestir y accesorios. | Ver norma |
Etiquetado | NSO 61.21.01:00 | Etiquetado de calzad | Establece la información comercial que debe contener la etiqueta del calzado y etiquetado del calzado y de las partes del calzado producidos en el país y de origen extranjero | Ver norma |
Fertilizantes | NSO 65.080.05.02:96 | Agroquímicos. Fertilizantes. Urea. Especificaciones. | Esta norma tiene por objeto establecer las especificaciones que debe cumplir la urea usada como abono o fertilizante. | Ver norma |
Fertilizantes | NSO 65.080.05.03:96 | Agroquímicos. Fertilizantes. Sulfato de amonio. Especificaciones. | Esta norma tiene por objeto establecer las especificaciones que debe cumplir el sulfato de amonio usado como abono o fertilizante. | Ver norma |
Fertilizantes | NSO 65.080.05.04:96 | Agroquímicos. Fertilizantes Nitrato de amonio. Especificaciones. | Esta norma tiene por objeto establecer las especificaciones que debe cumplir el nitrato de amonio usado como abono o fertilizante. | Ver norma |
Fertilizantes | NSO 65.080.05.07:96 | Agroquímicos. Fertilizantes. Cloruro de potasio. Especificaciones. | Esta norma tiene por objeto establecer las especificaciones que debe cumplir el cloruro de potasio usado como abono o fertilizante o como materia prima en la fabricación de fertilizantes. | Ver norma |
Fertilizantes | NSO 65.080.05.08:96 | Agroquímicos. Fertilizantes. Sulfato de potasio. Especificaciones. | Esta norma tiene por objeto establecer las especificaciones que debe cumplir el sulfato de potasio usado como abono o fertilizante. | Ver norma |
Fertilizantes | NSO 65.080.05.10:96 | Agroquímicos. Fertilizantes. Sulfato doble de potasio y magnesio. Especificaciones. | Esta norma tiene por objeto establecer las especificaciones que debe cumplir el sulfato doble de potasio y magnesio usado como abono o fertilizante. | Ver norma |
Frutas y Hortalizas | NSO 67.53.01:07 | Frutas y hortalizas frescas. Limón pérsico. Especificaciones técnicas y de inocuidad. | Esta norma establece los requisitos de calidad y de inocuidad que debe cumplir la fruta limón pérsico. | Ver norma |
Helados | NSO 67.01.11:95 | Helados y Mezclas de Helados. Especificaciones | Establecer las características y especificaciones que deben cumplir los helados y las mezclas para helado. | Ver norma |
Hidrocarburos | NSO 75.04.07:97 | Productos de Petróleo. Aceite Combustible Industrial Nº 6 (Bunker C). Especificaciones | Esta norma se aplica al derivado del petróleo formado generalmente por una mezcla de aceites residuales, cuyo principal componente es el residuo de la destilación del petróleo crudo y que puede contener aceites destilados para que actúen como reductores de la viscosidad, necesitando usualmente precalentamiento para facilitar el manejo y para una atomización apropiada. | Ver norma |
Hidrocarburos | NSO 75.04.11:03 | Productos de petróleo. Estaciones de servicio automotrices (gasolineras) y tanques para consumo privado. Especificaciones técnicas. | Esta norma establece las especificaciones técnicas mínimas necesarias para todo proyecto, construcción, remodelación, ampliación o cierre/abandono de cualquier estación de servicio automotriz (gasolinera) y tanques para consumo privado, con el fin de que opere dentro de condiciones aceptables de seguridad y funcionalidad preservando la integridad de las personas y del ambiente. Estas especificaciones técnicas deben ser exigibles para los sistemas mecánicos y eléctricos involucrados en todo proyecto, construcción, remodelación, ampliación o cierre temporal o permanente/abandono de cualquier estación de servicio automotriz (gasolinera) y tanques para consumo privado. Estas especificaciones no incluyen todo lo relativo a la obra civil, lo cual sera objeto de otras normas. | Ver norma |
Hidrocarburos | NSO 75.04.12.06 | Productos de petróleo. Tanques para consumo privado, no subterráneos. Especificaciones técnicas. | Esta norma establece las especificaciones técnicas mínimas necesarias para todo proyecto, construcción, remodelación, ampliación o cierre/abandono de cualquier instalación de tanque para consumo privado, no subterráneo; con el fin de que opere dentro de condiciones aceptables de seguridad y funcionalidad preservando la integridad de las personas y del ambiente. Estas especificaciones técnicas deben ser exigibles para los sistemas mecánicos y eléctricos involucrados en todo proyecto, construcción, remodelación, ampliación o cierre temporal o permanente/abandono de cualquier instalación de tanque para consumo privado, no subterráneo. Estas especificaciones no incluyen todo lo relativo a la obra civil, lo cual será objeto de otras normas. | Ver norma |
Hielo | NSO 13.07.04:00 | Hielo. Especificaciones y Buenas Prácticas de Fabricación. | Establece los requisitos y características que debe cumplir el hielo de calidad alimentaria, producido para su comercialización como tal, la norma también define las condiciones higiénico sanitarias requeridas para la elaboración y manejo del hielo. | Ver norma |
Lácteos | NSO 67.01.01:06 | Productos Lácteos. Leche Cruda de Vaca. Especificaciones (Primera Actualización) | Establecer las características físicas, químicas y microbiológicas que debe reunir la leche cruda de vaca, refrigerada y no refrigerada. | Ver norma |
Lácteos | NSO 67.01.06:95 | Leche Condensada Entera y Leche Condensada Descremada. | Establece las características y especificaciones que debe cumplir la leche condensada entera y la leche condensada descremada. | Ver norma |
Lácteos | NSO 67.01.07:95 | Leche Evaporada Entera y Leche Evaporada Descremada. | Establece las características y especificaciones técnicas que debe cumplir la leche evaporada entera y la leche evaporada descremada. | Ver norma |
Lácteos | NSO 67.01.09:95 | Productos de Imitación de la Crema de Leche. Especificaciones. | Establece las especificaciones y características que deben cumplir los productos de imitación de la crema de leche que se presentan en forma de un liquido denso. Esta norma no es aplicable a los productos sucedáneos de la crema de leche que se presentan en forma de polvo. | Ver norma |
Lácteos | NSO 67.01.13:05 | Estándares de calidad. Norma para el Queso Cottage y el Queso Cottage de Crema. | Establece los requisitos que debe cumplir el queso cottage y el queso cottage de crema. | Ver norma |
Lácteos | NSO 67.01.10:08 | Productos Lácteos. Yogurt. Especificaciones (Primera Actualización) | Establece las especificaciones y características que debe establecer el yogurt. | Ver norma |
Material Médico | NSO 11.37.01:04 | Jeringas Desechables y agujas hipodérmicas desechables. Especificaciones. | La presente norma tiene por objeto establecer las características y especificaciones que deben cumplir las jeringas desechables y agujas hipodérmicas desechables fabricadas en el país o en el extranjero. | Ver norma |
Materiales de Construcción | NSO 77.13.01:07 | Materiales de Construcción. Especificaciones para las Barras de Acero Lisas y Corrugadas para el refuerzo del concreto (laminado en caliente). | Establece las especificaciones y los métodos de prueba que deben de cumplir las barras lisas y corrugadas de acero para refuerzo de concreto. | Ver norma |
Materiales de Construcción | NSO 91.13.01:03 | Materiales de construcción . Especificaciones para cemento Portland. | Establece las especificaciones de los tipos de cemento Portland. | Ver norma |
Materiales de Construcción | NSO 91.13.03:03 | Materiales de Construcción. Especificación normalizada para cemento de mampostería. | Establece las especificaciones de los tipos de cemento de mampostería. | Ver norma |
Materiales de Construcción | NSO 91.13.05:03 | Materiales de Construcción. Especificaciones por desempeño para cemento hidráulico. | Establece especificaciones de los cementos hidráulicos mezclados tanto para aplicaciones generales y especiales. | Ver norma |
Materiales de Construcción | NSO 91.13.04:03 | Materiales de Construcción. Especificaciones para cemento hidráulico mezclado | Esta especificación pertenece a cinco clases de cemento hidraulico mezclados para ambas aplicaciones generales y especiales, usando escoria o puzolana, o amabas o cemento portland o clínker de cemento portland escoria con cal | Ver norma |
Medidores | NSO 23.46.01:06 | Medición de Flujo de Agua en Consuctos Cerrados Totalmente Llenos.Medidores para Agua Potable Fría y Caliente. Parte 1. Especificaciones. | Especifica la terminología, características técnicas, características metológicas y los requerimientos en la pérdida de presión para medidores de agua potable caliente y fría. | Ver norma |
Medidores | NSO 23.46.03:09 | Medición de Flujo de Agua en Conductos Cerrados Totalmente Llenos. Medidores para Agua Potable Fría y Caliente. Parte 3. Especificaciones. | Establece los métodos de ensayo y los medios que se deben emplear en la determinación de las principales características de los medidores de agua. | Ver norma |
Medidores | NSO 17.08.08:04 | Equipos para la Medición de Emisiones contaminantes vehiculares. Especificaciones y procedimientos de calibración. | La presente norma establece las principales características, los procedimientos de calibración y la periodicidad de la misma que, con el fin de garantizar la confiabilidad de los resultados, deben cumplir los equipos que se utilizan para la verificación de los límites permisibles de emisiones contaminantes a la atmósfera, generados por vehículos automotores en circulación equipados con motores que utilizan gasolina, diesel u otros combustibles alternos, dichos límites se han fijado en la NSO 13.11.03:01 Emisiones Atmosféricas. Fuentes Móviles. | Ver norma |
Medidores | NSO 17.08.09:04 | Medidores Vatios hora electromecánicos. Especificaciones y Métodos de Prueba. | Establecer las definiciones y características eléctricas, físicas, mecánicas, empaque y marcado de los medidores tipo "A" y tipo "S", asimismo, cubre las designaciones de clase, tensión y frecuencia nominales, valores de la corriente de prueba o arreglos de alambrado interno, dimensiones pertinentes, marcado del disco, requisitos del registro, sus pruebas y métodos de prueba correspondientes, para la evaluación de los prototipos de medidores, de inducción de corriente alterna. | Ver norma |
Medidores | NSO 17.08.10:04 | Medidores multifunción para sistemas eléctricos. Especificaciones y métodos de prueba | La presente Norma establece las especificaciones técnicas y métodos de prueba aplicables a los medidores multifunción para sistemas eléctricos. | Ver norma |
Medio Ambiente | NSO 13.11.01:01 | Calidad del Aire Ambiental. Inmisiones Atmosféricas. | Esta norma establece los límites de inmisiones de los principales contaminantes del aire, que garantizan una calidad del aire ambiental aceptable para la salud y la vida humana en particular y para la vida silvestre en general. | Ver norma |
Medio Ambiente | NSO 13.11.03:01 | Emisiones Atmosféricas. Fuentes Móviles. | Esta norma establece los límites permisibles de contaminantes a la atmosfera generados por fuentes móviles. | Ver norma |
Medio Ambiente | NSO 13.04.10:03 | Productos de Petróleo. Manejo de Aceite Usado | Esta norma tiene por objeto establecer los requerimientos para el manejo del aceite usado previamente como lubricante | Ver norma |
Productos apícolas | NSO 67.19.01:08 | Miel de Abeja. Especificaciones. (Segunda Actualización). | Regula las especificaciones físico-químicas y microbiológicas de la miel de Apis Mellifera. | Ver norma |
Productos apícolas | NSO 67.38.03:05 | Jalea real. Especificaciones. | Establece la identidad y los requisitos de calidad que debe cumplir la jalea real para consumo humano. | Ver norma |
Productos apícolas | NSO 65.38.01:05 | Calidad del Polén de Abeja.Especificaciones | Establece las características y requisitos mínimos de calidad que debe tener el polen de abejas para consumo humano. | Ver norma |
Productos apícolas | NSO 67.38.02:05 | Preparados Alimenticios con Miel de Abeja. Especificaciones. | Establece las características y especificaciones que deben cumplir los preparados alimenticios con miel de abejas (Apis mellifera). | Ver norma |
Productos apícolas | NSO 65.19.02:03 | Calidad de propoleos Crudo | Establecer la identidad y los requisitos mínimos de calidad que debe cumplir el propóleo crudo. | Ver enlace |
Productos pesqueros | NSO 67.32.02:08 | Valores Límites de nitrógeno básico volátil Total NBVT e Histamina de determinadas categorías de productos pesqueros y los metodos de analisis que deben de utilizarse. | Esta norma tiene por objeto establecer los parámetros oficiales del contenido de plomo, cadmio, mercurio y otros contaminantes como dioxinas y benzopirenos en los productos pesqueros frescos y estaño inorgánico en productos en conserva, y el muestreo de acuerdo con las normas indicadas a continuación. Las muestras globales así obtenidas se considerarán representativas de los lotes o sublotes. | Ver norma |
Productos pesqueros | NSO 67.32.03:03 | Modalidades de control Visual para detectar parásitos en los productos de la pesca. | Esta norma establece las modalidades de control visual para detectar parásitos en los productos de la pesca. | VEr norma |
Productos pesqueros | NSO 67.32.04:03 | Normas mínimas de higiene aplicable a los productos de la pesca obtenidos a bordo de terminados Buques pesqueros. | Esta norma determina las condiciones suplementarias de higiene en los buques pesqueros cuyos productos se conserven a bordo más de 24 horas. | Ver norma |
Productos pesqueros | NSO 67.32.07:10 | Productos Pesqueros. Productos de La Pesca Venenosos. | Esta norma tiene por objeto identificar los productos pesqueros venenosos por naturaleza y aquellos que contengan biotoxinas peligrosas a la salud humana por su ingesta. | Ver norma |
Productos pesqueros | NSO 67.32.05:08 | Aditivos alimentarios distintos de los colorantes y edulcorantes aplicada a los productos pesqueros.Primera actualización. | Esta norma tiene por objeto regular el uso de aditivos alimentarios distintos de los colorantes y edulcorantes para proteger al consumidor y que a trvés de su regulación se evite las condiciones de competencia desleal. | Ver norma |
Productos pesqueros | NSO 67.32.06:09 | Productos Pesqueros. Evaluación Sensorial de la Frescura de Productos de la Pesca | Establece las características organolépticas en la categoría de frescura de los productos de la pesca. | Ver norma |
Pupusas | NSO 67.45.02:06 | Pupusas de Maíz Crudas y Precocidas Congeladas. Especificaciones. | Establece las características y especificaciones que deben cumplir las pupusas crudas congeladas y las pupusas precocidas congeladas a base de harina de maíz nixtamalizado y/o maíz nixtamalizado. | Ver norma |
Salsas y aderezos | NSO 67.62.01:09 | Salsa y Aderezos. Mayonesa. Especificaciones | Esta norma establece las caraterísticas, especificaciones técnicas y de calidad, así como aspectos de inocuidad que deben cumplir las mayonesas. | Ver norma |
Salud | NSO 11.37.02:05 | Condones. Especificaciones. | Esta norma tiene por objeto establecer los requisitos de calidad para los condones de uso masculinos y femeninos. | Ver norma |
Salud | NSO 11.43.01:06 | Esfigmomanómetros mecánicos no invasivos. | Esta norma especifica los requisitos generales de eficiencia, desempeño, seguridad mecánica y eléctrica, incluyendo métodos de ensayo para la aprobación de modelo, aplicables a los esfigmomanómetros mecánicos no invasivos y sus accesorios. | Ver norma |
Salud | NSO 11.37.03:07 | Soluciones Parenterales de gran volumen. Especificaciones. | Esta norma tiene por objeto establecer los requisitos de calidad que deben cumplir las soluciones parenterales de gran volumen. | Ver norma |
Transporte de carga | NSO 55.29.01:01 | Transporte de carga. Peso, dimensiones y seguridad vial. | Esta Norma regula el peso, dimensiones, capacidad, clasificación y señalización de los vehículos de transporte de carga; con el fin de brindar mayor seguridad a los que circulan por la red vial y disminuir el desgaste de la misma. | Ver norma |
Categoria | Resolución COMIECO | Código | Nombre de la Norma | Objetivo | Norma | Resolución |
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Aditivos alimentarios | No. 283-2012 (COMIECO LXII) | RTCA 67.04.54:10 | Alimentos y Bebidas Procesadas. Aditivos Alimentarios. | Establecer los aditivos alimentarios y sus límites máximos permitidos en las diferentes categorías de alimentos. | Ver reglamento | |
Alimentación animal | 282-2012 (COMIECO LXII) | RTCA 65.05.52:11 | Productos Utilizados en Alimentación Animal y Establecimientos. Requisitos de Registro Sanitario y Control. | Establecer las disposiciones de registro sanitario y control | Ver reglamento | |
Alimentación animal | 300-2012 (COMIECOLXIV) | RTCA 65.05.63:11 | Productos utilizados en alimentación animal. Buenas Prácticas de Manufactura | Establecer las disposiciones generales sobre buenas prácticas de manufactura e higiene de los productos utilizados en alimentación animal, con el fin de garantizar alimentos inocuos y de calidad. | Ver reglamento | |
Alimentos | 201-2007 (COMIECOXLV) | RTCA 67.01.15:07 | Harina. Harina de Trigo Fortificada.Especificaciones. | Establece las características y especificaciones que debe cumplir la harina de trigo fortificada. | Ver reglamento | |
Alimentos | 215-2007 (COMIECOXLVII) | RTCA 67.04.40:07 | Alimentos y Bebidas Procesados.Grasas y Aceites. Especificaciones. | Establece las especificaciones generales que deben cumplir los aceites y las grasas vegetales, animales y marinos, y sus derivados comestibles, preenvasados y procesados de tal forma que sean aptos para el consumo humano y que se comercialicen en el territorio nacional. | Ver reglamento | |
Alimentos | 176-2006 (COMIECOXXXVIII) | RTCA 67.01.33:06 | Industria de Alimentos y Bebidas Procesadas. Buenas Prácticas de Manufactura. Principios Generales. | Establece las disposiciones generales sobre prácticas de higiene y de operación durante la industrialización de los productos alimenticios, a fin de garantizar alimentos inocuos y de calidad. | Ver reglamento | |
Alimentos | 216-2007 (COMIECOXLVII) | RTCA 67.01.31:07 | Alimentos Procesados. Procedimiento para otorgar el Registro Sanitario y la Inscripción Sanitaria. | Establece el procedimiento para otorgar el registro sanitario y la inscripción sanitaria de alimentos procesados. | Ver reglamento | |
Alimentos | 243-2009 (COMIECOLV) | RTCA 67.04.50:08 | Alimentos.Criterios Microbiológicos para la Inocuidad de Alimentos. | Establece los parámetros microbiológicos de la inocuidad de los alimentos y sus límites de aceptación para el registro y la vigilancia en los puntos de comercialización. | Ver reglamento | |
Alimentos | 226-2008 (COMIECOXLIX) | RTCA 67.04.48:08 | Alimentos y Bebidas Procesados. Néctares de frutas.Especificaciones. | Establece las especificaciones generales que deben cumplir los néctares de frutas preenvasados. | Ver reglamento | |
Alimentos | 216-2007 (COMIECOXLVII) | RTCA 67.01.31:07 | Alimentos y Bebidas Procesados. Procedimiento para otorgar la licencia sanitaria o permiso de funcionamiento a fábricas y bodegas | Establece el procedimiento para otorgar la licencia sanitaria a fábricas y bodegas de alimentos procesados. | Ver reglamento | |
Alimentos | 176-2006 (COMIECOXXXVIII) | RTCA 67.01.32:06 | Requisitos para la importación de alimentos procesados con fines de exhibición y degustación. | Establece los requisitos para autorizar las importaciones de alimentos procesados que no cuenten con registro sanitario, para la exhibición y algunos casos para la degustación de los mismos. | Ver reglamento | |
Alimentos | No. 276-2011 (COMIECO LXI) | RTCA 67.06.55:09 | Buenas Prácticas de Higiene para Alimentos no Procesados y Semiprocesados | El presente reglamento tiene como objetivo establecer las disposiciones generales sobre prácticas de higiene en alimentos no procesados, desde la recepción de las materias primas, el procesamiento, el envasado, el almacenamiento y el transporte, para garantizar alimentos inocuos y aptos para el consumo humano. | Ver reglamento | |
Alimentos | No. 276-2011 (COMIECO LXI) | Guía de verificación para el RTCA 67.06.55:09 | Guía para la verificación de cumplimiento del RTCA 67.06.55:09, Buenas prácticas de higiene para alimentos no procesados | Facilitar la verificación de cumplimiento del RTCA 67.06.55:09 Buenas prácticas de higiene para alimentos no procesados y semiprocesados, brindando orientaciones a los inspectores o auditores oficiales para la interpretación uniforme de los requerimientos establecidos en el reglamento | Ver reglamento | |
Asfalto | 142-2005 (COMIECO XXXII) | RTCA 75.01.22:04 | Productos de Petróleo. Asfaltos. Especificaciones. | Establecer las especificaciones mínimas de calidad , así como los métodos de ensayo que deben cumplir los asfaltos. | Ver reglamento | |
Biocombustibles | No. 198-2007 (COMIECO- XLIV) | RTCA 75.02.43:07 | Biocombustibles. Biodiesel (B 100) y sus Mezclas con Aceite combustible Diesel. Especificaciones. | Especificar las características físico químicas que debe de cumplir el Biodisel (B100) para ser utilizado o comercializado como carburante en los países miembros de la región Centroamericana. | Ver reglamento | |
Cosméticos | 231-2008 (COMIECO-L) | RTCA 71.03.49:08 | Productos cosméticos. Buenas prácticas de manufactura para los laboratorios fabricantes de productos cosméticos. | Normar el control sanitario de los productos cosméticos, estableciendo las buenas prácticas de manufactura, que regule todos los procedimientos involucrados en su fabricación, con el fin de asegurar la calidad de los mismos. | Ver reglamento | |
Cosméticos | 231-2008 (COMIECO-L) | RTCA 71.01.35:06 | Cosméticos. Registro e Inscripción Sanitaria de Productos Cosméticos | Establece las condiciones y requisitos bajo las cuales se otorgará el registro o inscripción de los productos cosméticos para su comercialización. | Ver reglamento | |
Cosméticos | 231-2008 (COMIECO-L) | RTCA 71.03.45:07 | Productos Cosméticos. Verificación de la Calidad. | Establece las pruebas análiticas de control que deben ser evaluadas para comprobar la calidad de los cosméticos y asegurar a la población que mantienen sus características de acuerdo a sus especificaciones. | Ver reglamento | |
Etiquetado | 231-2008 (COMIECO-L) | RTCA 71.03.36:07 | Productos Cosméticos. Etiquetado de Productos Cosméticos | Establece los requisitos de información que debe contener la etiqueta de productos cosméticos de cualquier capacidad para evitar que su uso represente un riesgo a la salud. | Ver reglamento | |
Etiquetado | 230-2008 (COMIECO-L) | RTCA 71.03.38:07 | Productos Higiénicos. Etiquetado de Productos Higiénicos | Regular el etiquetado de los productos higiénicos. | Ver reglamento | |
Etiquetado | No. 275.2011 (COMIECO LXI) | RTCA 11.01.02:04 | Productos Farmacéuticos. Etiquetado de Productos Farmacéuticos para Uso Humano. | El objeto de este reglamento técnico es establecer los requisitos mínimos que debe cumplir el etiquetado de productos farmacéuticos para uso humano, tanto para 105 productos del territorio de los 105 países de la Región Centroamericana, como los extranjeros. | Ver reglamento | |
Etiquetado | No. 280-2012 (COMIECO LXII) | RTCA 11.04.41:06 | Productos Farmacéuticos. Productos Naturales medicinales para uso humano. Requisitos de Etiquetado | Establecer los requisitos que debe cumplir el etiquetado de productos naturales medicinales para uso humano, que se comercializan en los países Centroamericanos | Ver reglamento | |
Etiquetado | Resolución No. 332-2013 (COMIECO-LXVI) | RTCA 67.01.05:11 (Entrará en Vigencia el 12 de junio de 2014) | Bebidas Alcohólicas. Bebidas Alcohólicas Fermentadas. Requisitos de Etiquetado. | Establece los requisitos que debe cumplir el etiquetado de las bebidas alcohólicas fermentadas preenvasadas para consumo humano. | Ver reglamento | |
Etiquetado | No. 332-2013 (COMIECO-LXVI) | RTCA 67.01.06:11 (Entrará en Vigencia el 12 de junio de 2014) | Bebidas Alcohólicas. Bebidas Alcohólicas Destiladas. Requisitos de Etiquetado. | Establece los requisitos que debe cumplir el etiquetado de las bebidas alcohólicas destiladas preenvasadas para consumo humano | Ver reglamento | |
Etiquetado | No. 311-2013 (COMIECO-LXV) | RTCA 61.01.03:12 | Calzado y sus partes. Requisitos de Etiquetado | Establece los requisitos de debe cumplir el etiquetado del calzado y sus partes cuando se vendan por separado | Ver reglamento | |
Etiquetado | N° 353-2014 (COMIECO-LXIX) | RTCA 59.01.08:12 | Textiles y Productos Textiles. Requisitos de Etiquetado | Establece los requisitos que debe cumplir el etiquetado de los textiles y productos textiles. | Ver reglamento | |
Etiquetado | N° 280-2012 (COMIECO-LXII) | RTCA 67.01.07:10 | Etiquetado General de los Alimentos previamente envasados (Preenvasados) | Establece los requisitos que debe cumplir el etiquetado de alimentos preenvasados para consumo humano. | Ver reglamento | |
Etiquetado | N° 277-2011 (COMIECO-LXI) | RTCA 67.01.60:10 | Etiquetado Nutricional de productos alimenticios preenvasados para consumo humano para la población a partir de 3 años de edad. | Establece los requisitos mínimos que debe cumplir el etiquetado de productos alimenticios previamente envasados para consumo humano destinados a la población a partir de 3 años de edad.. | Ver reglamento | |
Hidrocarburos | 152-2005 (COMIECO XXXIII) | RTCA 75.01.21:05 | Productos de petróleo. Gases licuados de petróleo: propano comercial, butano comercial y sus mezclas. Especificaciones | Especificar las características físico químicas que debe de cumplir el Gas licuado de petróleo (GLP): Propano comercial, Butano comercial y sus mezclas, que se comercialicen en los países Parte del Protocolo al Tratado General de Integración Económica Centroamericana Protocolo de Guatemala. | Ver reglamento | |
Hidrocarburos | 169-2006 (COMIECO XLIX) | RTCA 75.01.19:06 | Productos de petróleo: Gasolina regular. Especificaciones | Especificar las características físicas químicas que debe cumplir la gasolina regular para uso automotriz. | Ver reglamento | |
Hidrocarburos | 142-2005 (COMIECO XXXII) | RTCA 75.01.20:04 | Productos de petróleo. Gasolina superior. Especificaciones. | Especificar las características físico químicas que debe de cumplir la gasolina superior para uso automotriz. | Ver reglamento | |
Hidrocarburos | 167-2006 (COMIECO-XLIX) | RTCA 75.01.15:04 | Productos de petróleo. Aceites Lubricantes para Motores a Gasolina o Motores a Diesel. Especificaciones | Establecer las especificaciones mínimas de calidad e información comercial que debe contener todo aceite lubricante para uso de automotor de vehículos a gasolina, diesel que se comercializa en los países miembros de la Unión Aduanera, a granel o mediante envases individuales, así como los métodos de verificación para determinar la veracidad de la información comercial establecida. | Ver reglamento | |
Hidrocarburos | 142-2005 (COMIECO XXXIII) | RTCA 75.01.12:04 | Productos de Petróleo. Gasolina de Aviación (AvGas) Especificaciones | Establecer las especificaciones de tipos definidos de gasolina de aviación para uso civil, no incluye todas las gasolinas adecuadas par máquinas reciprocantes de aviación. | Ver reglamento | |
Hidrocarburos | No. 187-2006 (COMIECO-XL) | RTCA 75.02.17:06 | Productos de Petróleo. Aceite Combustible Diesel No. 2-D (Automotriz). Especificaciones. | Especificar las características físico químicas que debe de cumplir el diesel para uso automotriz y termoeléctrico en los Estados parte de la Unión Aduanera Centroamericana. | Ver reglamento | |
Hidrocarburos | 142-2005 (COMIECO XXXIII) | RTCA 75.01.14:04 | Productos de Petróleo. Kerosene de iluminación. Especificaciones | Es aplicable a la fracción intermedia de la destilación que se conoce como Kerosene de iluminación que se obtiene entre la Nafta (base para la gasolina) y el diesel, de características parfinicas y con un rango de destilación (ebullición) ASTM entre 200°C y 300°C. | Ver reglamento | |
Hidrocarburos | 142-2005 (COMIECO XXXIII) | RTCA 75.01.13:04 | Productos de Petróleo. Kerosene de Aviación (Jet A-1) Especificaciones. | Se aplica a la fracción intermedia de la destilación que obtiene entre la Nafta (base para la gasolina) y el diesel, y que presenten las características de funcionalidad: facilidad de bombeo a bajas temperaturas, facilidad de reencendido a grandes altitudes y combustión optima, las que lo hacen ideal para turbinas de aviones | Ver reglamento | |
Lácteos | Nº 366-2015(COMIECO-LXXII) | RTCA 67.04.70:14 | PRODUCTOS LACTEOS. QUESOS. ESPECIFICACIONES | Establecer las especificaciones generales que deben cumplir los quesos que se ajustan a la definición que figura en el numeral 4 del presente Reglamento Técnico. | Ver reglamento | |
Lácteos | No. 337-2014 (COMIECO-EX) | RTCA 67.04.66:12 | Leche Pasteurizada (Pasterizada) | Establece las especificaciones generales que debe cumplir la leche que se ajusta a la definición que figura en la sección 4 del presente reglamento. Ver | Ver reglamento | |
Lácteos | 312-2013 (COMIECO-LXV) | RTCA 67.04.65:12 | Uso de Términos Lecheros | Este reglamento tiene por objeto establecer el uso correcto de los términos lecheros relacionados con los alimentos que se destinan al consumo humano directo o su ulterior elaboración. | Ver reglamento | |
Lácteos | No. 363-2015 (COMIECO-LCCI) | RTCA 67.04.71:14 | Productos Lácteos. Cremas (Natas) y Cremas (Natas) Preparadas. Especificaciones ( Entrará en Vigencia 23-oct-15) | Establecer las especificaciones que deben cumplir la crema (nata) y crema (nata) preparada que se ajustan a la definición que figura en el numeral 4 del presente reglamento. | Ver resolución | |
Medicamentos | 214-2007 (COMIECOXLVII) | RTCA 11.03.47:07 | Productos Farmacéuticos. Medicamentos para uso humano. Verificación de la Calidad. | Establece las pruebas analíticas que deben ser realizadas para comprobar la calidad de los medicamentos por parte de la autoridad reguladora. | Ver reglamento | |
Medicamentos | 188-2006 (COMIECOXL) | RTCA 11.03.39:06 | Productos Farmacéuticos. Validación de Métodos Analíticos para la Evaluación de la Calidad de los Medicamentos | Establece las directrices para la validación de métodos analíticos fisicoquímicos y microbiológicos utilizados en el control de los alimentos. | Ver reglamento | |
Medicamentos | 256-2010 (COMIECO-LIX) | RTCA 11.01.04:10 Primera actualización | Productos Farmacéuticos. Estudios de Estabilidad de Medicamentos para Uso Humano | Establecer directrices para efectuar los estudios de estabilidad y determinar el periodo de validez de los medicamentos. | Ver reglamento | |
Medicamentos | 270-2011 (COMIECO LXI) | RTCA 11.03.56:09 | Productos Farmacéuticos. Productos Naturales Medicinales para Uso Humano. Verificación de la Calidad | Establecer las pruebas analíticas que deben ser realizadas para verificar la calidad de los productos naturales medicinales de uso humano por parte de la autoridad reguladora | Ver reglamento | |
Medicamentos | 303-2013 (COMIECO-EX) | RTCA 11.03.64:11 (Entrará en vigencia el 15 de noviembre de 2013) | Productos Farmacéuticos. Productos Naturales Medicinales para Uso Humano. Requisitos de Registro Sanitario. | Establecer las condiciones y los requisitos bajo los cuales se otorgará el registro sanitario de los productos naturales medicinales para uso humano para su comercialización. | Ver reglamento | |
Medicamentos | No. 333-2013 (COMIECO-LXVI) | RTCA 11.03.59:11 (Entrará en Vigencia el 12 de junio de 2014) | Productos Farmacéuticos. Medicamentos de Uso Humano. Requisitos de Registro Sanitario | Establece las condiciones y requisitos bajo las cuales se otorgará el registro sanitario de los medicamentos para uso humano. | Ver reglamento | |
Pesos y medidas | 291-2012 (COMIECO LXII) | RTCA 01.01.11:06 | Cantidad de Productos en Preempacados. | Requisitos de metrología legal para productos preempacados etiquetados en cantidades nominales predeterminadas de masa, volumen, longitud, área o conteo, y procedimientos y planes de muestreo para uso de los oficiales de metrología legal en la verificación de la cantidad de producto en preempacados. | Ver reglamentos | |
Plaguicidas | No. 273-2011 (COMIECO LXI) | RTCA 65.03.57:10 | Plaguicidas. Plaguicidas de uso Doméstico y de Uso Profesional. Requisitos de Etiquetado | Establecer las indicaciones y especificaciones que deben aparecer en las etiquetas de los plaguicidas de uso doméstico y de uso profesional. | Ver reglamento | |
Plaguicidas | 383-2017 (COMIECO-EX) | RTCA 65.05.61 :16 | Plaguicidas microbiológicos de uso agrícola. Requisitos para el registro. | Establecer los requisitos para otorgar el registro de plaguicidas microbiológicos de uso agrícola. | Ver reglamento | |
Plaguicidas | N° 346-2014 (COMIECO-LXVIII) | RTCA 65.05.62:11 | Plaguicidas Botánicos de Uso Agrícola. Requisitos para el Registro (Vigente a partir del 27 de diciembre de 2014) | Establece los requisitos para otorgar el registro de plaguicidas botánicos de uso agrícola. | Ver reglamento | Ver resolución |
Plaguicidas | N° 355-2014 (COMIECO-LXIX) | ---- | RTCA 65.05.62:11 Plaguicidas Botánicos de Uso Agrícola. Requisitos para el Registro | Aprueba que RTCA 65.05.62:11 Plaguicidas Botánicos de Uso Agrícola. Requisitos para el Registro, aprobado por Resolución No. 346-2014 (COMIECO-LXVIII), no será aplicable para Honduras. | Ver reglamento | |
Plaguicidas | Nº 365-2015 (COMIECO-LXXII) | RTCA 65.05.67:13 | Insumos Agrícolas. Ingrediente Activo. Grado Técnico. Plaguicidas Químicos Formulados. Sustancias Afines, Coadyuvantes y Vehículos Físicos de uso Agrícola. Requisitos para la Elaboración de Etiquetas y Panfletos. | Establecer la información que debe contener la etiqueta y el panfleto de los plaguicidas químicos formulados, sustancias afines, coadyuvantes y vehículos físicos de uso agrícola, así como la identificación del ingrediente activo grado técnico, según corresponda. | Ver reglamento | |
Productos higiénicos | 230-2008 (COMIECO-L) | RTCA 71.03.37:07 | Productos Higiénicos. Registro e Inscripción Sanitaria de Productos Higiénicos | Establece las condiciones y requisitos bajo las cuales se otorgará el registro e inscripción sanitaria de los productos higiénicos terminados. | Ver reglamento | |
Recipientes a presión | No. 152-2005 (COMIECO XXXIII) | RTCA 23.01.28:05 | Recipientes a presión. Cilindros portátiles para contener GLP. Válvula de acoplamiento rápido. Especificaciones. | Establecer las especificaciones mínimas y métodos de prueba y ensayo de la válvula de acoplamiento rápido utilizada para carga y descarga de gas licuado de petróleo (GLP) en recipientes portátiles que circulen en los países Parte del Protocolo al Tratado General de Integración Económica Centroamericana Protocolo de Guatemala. | Ver reglamento | |
Recipientes a presión | No. 152-2005 (COMIECO- XXXIII) | RTCA 23.01.27:05 | Recipientes a presión. Cilindros portátiles para contener GLP. Válvula de acoplamiento roscado (tipo POL). Especificaciones. | Establecer las especificaciones mínimas y métodos de prueba de las válvula de acoplamiento roscado (tipo POL) utilizada para carga y descarga de gas licuado de petróleo (GLP) en recipientes portátiles que circulen en los países Parte del Protocolo al Tratado General de Integración Económica Centroamericana Protocolo de Guatemala. | Ver reglamento | |
Recipientes a presión | No. 152-2005 (COMIECO XXXIII) | RTCA 23.01.29:05 | Recipientes a presión. Cilindros portátiles para contener GLP. Especificaciones de fabricación. | Establecer las especificaciones de diseño y fábrica, así como los métodos de prueba y ensayo a que deben someterse los envases cilíndricos portátiles para contener gas licuado de petróleo (GLP). | Ver reglamento | |
Recipientes a presión | 169-2006 (COMIECO- XLIX) | RTCA 23.01.23:06 | Recipientes a presión cilindros portátiles parar contener GLP sello de inviolabilidad (marchamo). Especificaciones | Establecer las especificaciones mínimas que deben cumplir todo sello de inviolabilidad (marchamo) que se instalen las válvulas de los cilindros portátiles para GLP, que circulen en los Estados Parte de la Unión Aduanera | Ver reglamento | |
Recipientes a presión | 169-2006 (COMIECO- XLIX) | RTCA 23.01.24:06 | Recipientes a presión. Cilindros portátiles para contener gas licuado de petróleo. Vehículos terrestre de reparto. Especificaciones de seguridad | Establecer las especificaciones mínimas de seguridad que debe cumplir todo vehículo terrestre de reparto que transporta cilindros portátiles en servicio que contiene GLP que circulen en los estados Parte de la Unión Aduanera. | Ver reglamento | |
Transporte Terreste | No. 152-2005 (COMIECO-XXXIII) | RTCA 13.01.25:05 | Transporte terrestre de hidrocarburos líquidos (excepto GLP). Especificaciones. | Establecer los requisitos mínimos de diseño y construcción que deben de cumplir las unidades de transporte terrestres de hidrocarburos líquidos (excepto GLP), que circulen en los países parte del Protocolo al Tratado General de Integración Económica Centroamericana- Protocolo de Guatemala | Ver reglamento | |
Transporte Terreste | No. 152-2005 (COMIECO- XXXIII) | RTCA 13.01.26:05 | Transporte terrestre de gas licuado de petróleo(GLP) a granel. Especificaciones. | Establecer las especificaciones mínimas de diseño y construcción que deben cumplir las unidades de transporte terrestre de gas licuado de petróleo, que circulen en los países Parte del Protocolo al Tratado General de Integración Económica Centroamericana Protocolo de Guatemala | Ver reglamento | |
Medicamentos | 340-2014 COMIECO-LXVII | RTCA 11.03.42:07 | PRODUCTOS FARMACÉUTICOS. MEDICAMENTOS DE USO HUMANO. BUENAS PRÁCTICAS DE MANUFACTURA PARA LA INDUSTRIA FARMACÉUTICA Y SU GUÍA DE VERIFICACIÓN | El presente reglamento técnico establece los principios y directrices de las Buenas Prácticas de Manufactura que regulan todos los procedimientos involucrados en la manufactura de productos farmacéuticos a fin de asegurar la eficacia, seguridad y calidad de los mismos. | Ver reglamento | |
Medicamentos | 326-2013 COMIECO-LXVI | RTCA 65.05.51:08 | MEDICAMENTOS VETERINARIOS Y PRODUCTOS AFINES. REQUISITOS DE REGISTRO SANITARIO Y CONTROL | Establecer las disposiciones de registro sanitario y control de los medicamentos para uso veterinario, productos afines y establecimientos. | Ver reglamento | |
Fertilizantes | 374-2015 COMIECO-LXXIV | RTCA 65.05.54:15 | FERTILIZANTES Y ENMIENDAS DE USO AGRÍCOLA | Establecer los requisitos para otorgar el registro de fertilizantes y enmiendas de uso agrícola | Ver reglamento | |
Frutas y hortalizas | 265-2011 COMIECO-LX | RTCA 65.05.34:06 | REGISTRO DE VARIEDADES COMERCIALES. REQUISITOS DE INSCRIPCION | Establecer los requisitos que deben cumplirse a efectos de inscribir una variedad vegetal en el registro de variedades comerciales, de modo que se faculte la comercialización de su semilla. | Ver reglamento | |
Frutas y hortalizas | 259-2010(COMIECO-LIX | RTCA 65.05.53:10 | INSUMOS AGROPECUARIOS. REQUISITOS PARA LA PRODUCCION Y COMERCIALIZACION DE SEMILLA CERTIFICADA DE GRANOS BASICOS Y SOYA. | Establecer los requisitos, procedimientos y estándares de campo y laboratorio que deben cumplirse para la producción y comercialización de semilla certificada de granos básicos (arroz, sorgo, frijol, maíz) y soya. | Ver reglamento | |
Plaguicidas | 258-2010 COMIECO-LIX | RTCA 65.03.44:07 | PLAGUICIDAS. PLAGUICIDAS DE USO DOMESTICO Y DE USO PROFESIONAL. REQUISITOS DE REGISTRO. | Establecer los requisitos para el registro de los plaguicidas de uso doméstico y de uso comercial. | Ver reglamento | |
Hidrocarburos | 341-2014 COMIECO-LXVII | RTCA 75.02.17:13 | PRODUCTOS DEL PETROLEO. ACEITE COMBUSTIBLE DIESEL. ESPECIFICACIONES | Especificar las características físico-químicas que debe cumplir el diesel para uso automotriz y termoeléctrico en los Estados parte de la región centroamericana. | Ver reglamento | |
Etiquetado | COMIECO LXXVII | GUIA PARA LA INTERPRETACION DEL RTCA 67.01.07:10 ETIQUETADO GENERAL DE LOS ALIMENTOS PREVIAMENTE ENVASADOS(PREENVASADOS), APROBADO MEDIANTE RESOLUCION Nº 280-2012(COMIECO-LXXII) | Orientar de forma clara y sencilla los lineamientos generales para que empresarios y reguladores tengan mayor claridad sobre la interpretación y cumplimiento del RTCA 67.01.07:10, utilizando para su elaboración, la experiencia lograda por los diferentes entes reguladores de los Estados parte. | Ver reglamento | ||
Lácteos | TOMO Nº 417 , viernes 8 de diciembre de 2017 NÚMERO 230 | RTCA 67.04.72:17 | Productos lácteos. Quesos no madurados, incluido el queso fresco. Especificaciones. | Establecer las especificaciones que deben cumplir los quesos no madurados incluido el queso fresco, que se ajustan a la definición que figura en el numeral 4 del presente reglamento técnico. | Ver reglamento | |
Lácteos | TOMO Nº 425,lunes 21 de octubre de 2019 NÚMERO 197 | RTCA 67.04.76:18 | Productos lácteos. Leches en polvo y crema (nata) en polvo. Especificaciones | Establecer las especificaciones que deben cumplir las leches en polvo y crema (nata) en polvo, que se ajustan a la definición que figura en el numeral 4.1 del presente reglamento técnico. | Ver reglamento | |
Eficiencia energética | N° 451-2021 (COMIECO-XCVIII) Diario Oficial # 434 Tomo 434 Viernes 11 de febrero de 2022 | RTCA 23.01.78:20 | Productos eléctricos. Acondicionadores de aire tipo dividido inverter, con flujo de refrigerante variable, descarga libre y sin ductos de aire. Especificaciones de Eficiencia Energética. | Establecer los requisitos de Eficiencia Energética mínimas, el método de ensayo, el procedimiento de la evaluación de la conformidad y el etiquetado que deben cumplir los acondicionadores de aire tipo dividido inverter con flujo de refrigerante variable, descarga libre y sin ductos de aire, que se fabriquen, importen o comercialicen en los Estados Parte. | Ver reglamento | |
Alimentos | N° 435-2020 (COMIECO-EX) Diario Oficial N° 197 tomo 425 del 21 de octubre de 2019 | RTCA 67.04.77:20 | Productos lácteos. Mantequilla. Especificaciones | Establecer las especificaciones que debe cumplir la mantequilla, que se ajusta a la definición que figura en el numeral 4 del presente reglamento técnico centroamericano. | Ver reglamento |
Categoria | Código | Nombre de la Norma | Objetivo | Norma |
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Medicamentos | RTS 11.02.02:16 | PRODUCTOS FARMACÉUTICOS. MEDICAMENTOS PARA USO HUMANO. FARMACOVIGILANCIA | Establecer los lineamientos para la detección, cuantificación, evaluación, análisis y prevención de reacciones adversas a medicamentos, eventos supuestamente atribuidos a vacunación e inmunizaciones y otros problemas relacionados a los medicamentos de uso humano | Ver reglamento |
Carne | RTS 67.05.01:13 | INSPECCION SANITARIA DE LA CARNE PORCINA | El presente reglamento tiene por objeto desarrollar las disposiciones contenidas en la legislación vigente, respecto a la inspección sanitaria en los establecimientos autorizados dedicados al procesamiento de porcinos y sus productos | Ver reglamento |
Productos Apícolas | RTS 65.03.01:14 | BUENAS PRACTICAS APICOLAS EN LA PRODUCCIÓN DE MIEL DE ABEJA | Establecer las especificaciones técnicas de buenas prácticas apícolas en la producción de la miel de abejas. | Ver reglamento |
Materiales de Construcción | RTS 91.02.01:14 | Urbanismo y Construcción en lo Relativo al uso del Sistema Constructivo de Adobe para viviendas de un nivel. | Regula los requerimientos técnicos que deban cumplir las edificaciones de adobe, a fin de garantizar la seguridad de sus habitantes y minimizar los riesgos que se puedan generar por desastres naturales. | Ver reglamento |
Materiales de Construcción | RTS 91.01.01:13 | Vivienda Social de Un Nivel (Mampostería de bloque de concreto y mampostería confinada). | Establece las especificaciones técnicas mínimas para la construcción de viviendas de Un Nivel (Mampostería de Bloque de Concreto y Mampostería Confinada). | Ver reglamento |
Salud | RTS 13.03.01:14 | MANEJO DE LOS DESECHOS BIOINFECCIOSOS | Establecer los requisitos sanitarios que se deben cumplir para el manejo de los desechos bioinfecciosos. | Ver reglamento |
Salud | RTS 13.02.04:14 | VIGILANCIA SANITARIA DE PISCINAS Y BALNEARIOS | Establecer los requisitos sanitarios para la instalación y funcionamiento de piscinas públicas y privadas de uso colectivo, con o sin sistema de recirculación y de balnearios | Ver reglamento |
Salud | RTS 11.01.01:13 | Buenas Prácticas de Laboratorio Clínico. Especificaciones. | Establece requisitos mínimos de calidad y competencia, para garantizar las buenas prácticas de laboratorio, en la ejecusión de los análisis clínicos para el beneficio de sus usuarios. | Ver reglamento |
Productos pesqueros | RTS 67.01.01:13 | Productos pesqueros. buenas prácticas de manufactura y criterios microbiológicos aplicables a productos de la pesca y acuicultura | Asegurar el cumplimiento de las buenas prácticas de manufactura y los criterios microbiológicos que deben cumplir los productos de la pesca y acuicultura destinados al consumo nacional. Ver | Ver reglamento |
Productos pesqueros | RTS 67.01.02:13 | PRODUCTOS PESQUEROS. VALORES Y METODOS DE TOMA DE MUESTRAS PARA EL CONTROL DE LOS NIVELES DE PLOMO, CADMIO, MERCURIO Y ESTAÑO INORGÁNICO Y SE FIJA EL CONTENIDO MÁXIMO DE CADA UNO EN DETERMINADOS PRODUCTOS PESQUEROS. | Establecer los parámetros del contenido de plomo, cadmio, mercurio y otros contaminantes como dioxinas y benzopirenos en los productos pesqueros frescos. Para los productos en conserva se le establecerán los parámetros anteriores más el estaño inorgánico. | Ver reglamento |
Frutas y hortalizas | RTS 67.04.01:13 | Buenas Prácticas Agrícolas de Frutas y Hortalizas | Establece especificaciones técnicas de Buenas Prácticas Agrícolas referentes a la producción frutas y hortalizas. | Ver reglamento |
Frutas y hortalizas | RTS 65.02.01:13 | Límites Máximos de Residuos de Plaguicidas Químicos en Frutas y Hortalizas para producción Nacional e Importados | Regular la presencia de los residuos de plaguicidas y sus metabólitos, en frutas y hortalizas, mediante la aplicación de los Límites Máximos de Residuos (LMR) establecidos en este Reglamento, tomando como referencia los de Codex Alimentarius, la Agencia de Protección Ambiental (EPA)y Reglamento (CE) No 396/2005 del Parlamento Europeo y del Consejo de la Unión Europea; para que no constituyan riesgo en la salud humana,animal y al medio ambiente | Ver reglamento |
Medicamentos | RTS 11.02.01:15 | PRODUCTOS FARMACEUTICOS. MEDICAMENTOS DE USO HUMANO. BIOEQUIVALENCIA E INTERCAMBIABILIDAD | Establecer los requisitos para demostrar la Bioequivalencia e intercambiabilidad de medicamentos multiorigen con el fin de garantizar su seguridad, calidad y eficacia. | Ver reglamento |
Carnes | RTS 67.02.01:13 | PRODUCTOS AVICOLAS. CARNE DE AVES DE LA ESPECIE Gallus gallus BENEFICIADAS LISTAS PARA COCINAR ENTERAS, CORTES Y SUS MENUDOS. ESPECIFICACIONES | Establecer los requisitos de calidad e inocuidad que debe cumplir la carne de aves de la especie Gallus gallus beneficiadas enteras, en cortes y en sus menudos, producidas en el país o importadas antes de su comercialización. | Ver reglamento |
Productos Orgánicos | RTS 65.01.01:13 | Reglamento para la Producción, Procesamiento, Comercialización y Certificación de Productos Orgánicos. | Establece las regulaciones que deben regir para la producción comercialización y la certificación de productos orgánicos. | Ver reglamento |
Eficiencia Energética | RTS 97.01.01.15 | REFRIGERADORES Y CONGELADORES ELECTRODOMESTICOS. LIMITES, METODOS DE PRUEBA Y ETIQUETADO. | Establecer los límites máximos de consumo de energía de los refrigeradores y congeladores electrodomésticos operados por moto compresor hermético, los métodos de prueba para determinar dicho consumo de energía, calcular el volumen refrigerado total y especificar la etiqueta de consumo de energía y su contenido. | Ver reglamento |
Eficiencia Energética | RTS 97.02.01.15 | EFICIENCIA ENERGETICA. EQUIPOS DE REFRIGERACION COMERCIAL AUTOCONTENIDOS. LIMITES, METODOS DE PRUEBA Y ETIQUETADO. | Establecer los límites de consumo máximo de energía eléctrica por litro de volumen refrigerado útil, los métodos de prueba para determinar su cumplimiento, así como los requisitos de etiquetado y marcado; para todos los aparatos de refrigeración comercial autocontenidos. | Ver reglamento |
Eficiencia Energética | RTS 29.01.01.15 | EFICIENCIA ENERGETICA. MOTORES DE CORRIENTE ALTERNA, TRIFASICOS DE INDUCCION, TIPO JAULA DE ARDILLA. | Establecer los valores de eficiencia nominal y mínima asociada, el método de prueba para su evaluación, los criterios de aceptación y las especificaciones de información mínima a marcar en la placa de datos de los motores eléctricos de corriente alterna, trifásicos, de inducción, tipo jaula de ardilla, en potencia nominal de 0,746 kW hasta 373 kW, abiertos y cerrados; que se importen a El Salvador | Ver reglamento |
Eficiencia Energética | RTS 23.01.01.15 | EFICIENCIA ENERGETICA. ACONDICIONADORES DE AIRE TIPO CENTRAL, PAQUETE O DIVIDIDO | Establecer el nivel mínimo de Relación de Eficiencia Energética Estacional (REEE) que deben cumplir los acondicionadores de aire tipo central, determinar los métodos de prueba que deben usarse para verificar dicho cumplimiento y definir el etiquetado y su contenido | Ver reglamento |
Eficiencia Energética | RTS 23.01.02.15 | EFICIENCIA ENERGETICA. ACONDICIONADORES DE AIRE TIPO CUARTO | Establecer las especificaciones y los métodos de prueba de la Relación de Eficiencia Energética (REE), así como los métodos de prueba aplicables para verificar dichas especificaciones. Asimismo, definir el etiquetado y su contenido que deben de llevar los aparatos objeto de este Reglamento Técnico | Ver reglamento |
Eficiencia Energética | RTS 23.01.03.15 | EFICIENCIA ENERGETICA. ACONDICIONADORES DE AIRE TIPO DIVIDIDO | Establecer la Relación de Eficiencia Energética (REE) mínima que deben cumplir los acondicionadores de aire tipo dividido, descarga libre y sin conductos de aire (conocidos como minisplit y multisplit), de ciclo simple (solo frío) o con ciclo reversible (bomba de calor), que utilizan condensadores enfriados por aire. Además, establecer el método de prueba que debe aplicarse para verificar dicho cumplimiento y definir el etiquetado y su contenido | Ver reglamento |
Alimentos | RTS 67.06.01.13 | FORTIFICACIÓN DE ALIMENTOS. ESPECIFICACIONES. (AZÚCAR, SAL, HARINA DE MAIZ NIXTAMILIZADO Y PASTAS ALIMENTICIAS) | Establecer las características físicas, químicas, microbiológicas y especificaciones nutricionales, que deben cumplir los siguientes alimentos fortificados: azúcar, sal para consumo humano y animal, harina de maíz Nixtamalizado y pastas alimenticias. | Ver reglamento |
Medicamentos | RTS 11.02.01.16 | PRODUCTOS FARMACEÚTICOS. MEDICAMENTOS DE USO HUMANO. BIOEQUIVALENCIA E INTERCAMBIABILIDAD (PRIMERA ACTUALIZACIÓN) | Establecer los requisitos para demostrar la Bioequivalencia e intercambiabilidad de medicamentos multiorigen con el fin de garantizar su seguridad, calidad y eficacia | Ver reglamento |
Metrología | RTS 17.01.01:16 | METROLOGÍA. INSTRUMENTOS DE PESAJE DE FUNCIONAMIENTO NO AUTOMÁTICO | Especifica los requisitos metrológicos y técnicos aplicables a instrumentos de pesaje de funcionamiento no automáticos que son sometidos a controles metrológicos oficiales. Además, proporciona los requisitos y procedimientos de ensayo normalizados para evaluar las características metrológicas y técnicas de manera uniforme y trazable. | Ver norma |
Metrología | RTS 01.02.01:18 | METROLOGÍA. SISTEMA INTERNACIONAL DE UNIDADES | 1. Definir las magnitudes, unidades de medida y los símbolos correspondientes del Sistema Internacional de Unidades (SI) y otras unidades fuera del SI, que han sido reconocidas por la Conferencia General de Pesas y Medidas (CGPM). 2. Establecer un lenguaje común que responda a las exigencias actuales de las diferentes actividades de medición en el país. | Ver norma |
Eficiencia Energética | RTS 29.02.01:21 | Productos eléctricos. Luminarias. Especificaciones de Eficiencia Energética | Establecer los rangos de desempeño energético mínimo, el método de ensayo, el etiquetado y el procedimiento de evaluación de la conformidad, que deben cumplir las lámparas y luminarias descritas en este reglamento, que se fabriquen, importen de manera definitiva, utilicen y comercialicen dentro del territorio salvadoreño. | Ver norma |
Alimentos | RTS 67.08.02:19 | Café. Café tostado en grano y tostado molido. Requisitos de calidad. | Establecer los requisitos mínimos de calidad que debe cumplir el café tostado en grano y el tostado molido para su comercialización. | Ver norma |
Alimentos | RTS 67.03.01:21 | Productos de panadería. Clasificación y especificaciones. | Establecer los requisitos de calidad e inocuida, las especificaciones y clasificaciones que deben cumplir los productos de panadería preenvasados. | Ver norma |