Antiguo Cuscatlán, 3 de marzo 2020. Ante la emergencia mundial por el coronavirus (COVID-19), hacemos del conocimiento de la ciudadanÃa que activamos los mecanismos de protección y defensa de los derechos de las personas consumidoras para prevenir y combatir especulación de precios de productos demandados por la población, tales como mascarillas, guantes, alcohol gel y termómetros.
Al respecto, informamos que:
1. La DefensorÃa del Consumidor ha requerido información a 12 de las principales cadenas de farmacias y ferreterÃas de nuestro paÃs, en lo relativo a información de proveedores, precios y cantidades compradas, precios y cantidades vendidas, e inventarios de los productos demandados por la población a raÃz de la situación de emergencia mundial.
2. Entre el 26 de enero y el 29 de febrero de 2020, junto con la Dirección Nacional de Medicamentos hemos logrado visitar 438 establecimientos a nivel nacional, para realizar el sondeo de precios y existencias de productos demandados por la emergencia del coronavirus (COVID-19), logrando registrar los precios de venta al publico de 150 productos en diferentes marcas, con lo cual se puede advertir en el futuro, cualquier incremento arbitrario de precios o restricción de venta en el mercado.
3. La DefensorÃa del Consumidor mantiene un monitoreo permanente de precios de los productos básicos que le permite determinar o establecer prácticas abusivas como la utilización de cualquier maniobra o artificio para la consecución de alza injustificada de precios de artÃculos de primera necesidad, conforme lo establece el art. 18, literal h, de la Ley de Protección al Consumidor. Dicha práctica constituye infracción muy grave de conformidad con el art. 44, literal e, de la Ley de Protección al Consumidor.
4. En caso de detectarse prácticas abusivas en perjuicio de la economÃa de las personas consumidoras, se aplicarán los procedimientos administrativos con todo el rigor de la ley y se coordinará con la FiscalÃa General de la Republica, a efecto de que se persiga de oficio las conductas y prácticas que pudieran constituirse en delitos relativos “al mercado, la libre competencia y la protección del consumidor†como el acaparamiento, agiotaje o la propalación falsa, según los arts. 233, 236 y 237 del Código Penal.
5. Hacemos un llamado al sector privado a adoptar prácticas comerciales que fomenten el respeto de derechos y erradiquen prácticas ilegales, poco éticas, discriminatorias o engañosas.
Si detectas una práctica abusiva puedes notificarla a través del teléfono 910 o WhatsApp 7860-9704, asà como en DefensorÃa en lÃnea www.defensoria.gob.sv, y redes sociales, en Twitter @Defensoria_910 y Facebook DefensoriadelConsumidorSV.