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Ante el anuncio de incremento al salario mínimo realizado por el Presidente Nayib Bukele, la Defensoría del Consumidor activa plan nacional de inspecciones para evitar especulación y acaparamiento de productos de la canasta básica alimentaria

La Defensoría del Consumidor activó este jueves un amplio despliegue de sus equipos de inspección a nivel nacional para evitar la especulación y el acaparamiento de productos de la canasta básica alimentaria, tras el anuncio de aumento del 20% al salario mínimo que el Presidente de la República, Nayib Bukele, ha solicitado al Consejo Nacional del Salario Mínimo, que deberá ser efectivo a partir de agosto próximo, para aliviar la economía familiar de los salvadoreños más vulnerables.

El Presidente Bukele ha expresado hoy que el despliegue y la vigilancia de la Defensoría del Consumidor también deberá contribuir a la baja y estabilidad de precios.

Con este fin, el Gobierno de El Salvador a través del Sistema Nacional de Protección al Consumidor que coordina la Defensoría mantendrá la vigilancia y monitoreo de precios en todo el territorio, para proteger la seguridad alimentaria y los intereses económicos de los consumidores. “Este es nuestro compromiso. No queremos que ciertos grupos se aprovechen de esta situación y generen una ola especulativa en contra de la economía cotidiana de millones de salvadoreñosâ€, expresó Ricardo Salazar, presidente de la Defensoría del Consumidor.

La Defensoría del Consumidor advierte que en caso de identificar incremento arbitrario de precios o restricción de venta de productos en el mercado nacional, actuará y perseguirá las prácticas ilegales con todos los recursos legales que le permite el marco jurídico vigente.

Asimismo reitera que el monitoreo periódico de precios de los productos básicos le permite determinar o establecer prácticas abusivas como la utilización de maniobras o artificios para la consecución de alza injustificada de precios de artículos de primera necesidad, conforme el art.18, literal h, de la Ley de Protección al Consumidor.

Dicha práctica constituye infracción muy grave, según el art. 44, literal e, de la LPC, que puede ser sancionada hasta con 500 salarios mínimos mensuales en la industria.

En caso de detectarse prácticas abusivas en perjuicio de los consumidores, se activará el procedimiento sancionatorio con todo el rigor de la ley, y se coordinará con la Fiscalía General de la República, a efecto de que se persigan de oficio las conductas y prácticas que pudieran constituir delitos relativos “al mercado, la libre competencia y la protección del consumidor†como el acaparamiento, agiotaje o la propalación falsa, según los arts. 233, 236 y 237 del Código Penal.

Los consumidores disponen de la plataforma de precios PRECOMPRA, para consultar y comparar precios antes de comprar, ingresando al sitio web https://precompra.defensoria.gob.sv/.

Publicado el 01-07-2021.