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Gobierno del Presidente Nayib Bukele fortalecerá protección de salvadoreños con reforma a la Ley de Protección al Consumidor

La Defensoría del Consumidor presentó este martes en el marco de la celebración del Día Nacional y Mundial de los Derechos de los Consumidores, la propuesta de reforma a la Ley de Protección al Consumidor (LPC), que interpreta el clamor de la población en torno a demandas históricas de los salvadoreños para mejorar su bienestar como personas consumidoras.

Esta generación de reformas comprende 60 artículos, entre los cuales propone modificar 43 artículos y adicionar 17 nuevas disposiciones, ha informado el presidente de la Defensoría del Consumidor, Ricardo Salazar, quien detalló los pormenores ante una representación de asociaciones de consumidores, proveedores y estudiantes, entre otros sectores.

El pasado domingo, Salazar, acompañado del Viceministro de Economía, Mario Salazar, entregó la propuesta de reforma ante la Asamblea Legislativa, con la cual se amplían derechos de los consumidores, obligaciones de los proveedores e infracciones aplicables al nuevo contexto de enmiendas. De inmediato, este lunes, la comisión de Economía inició el proceso de formación de ley al convocar para el análisis al presidente de la Defensoría.

Con la reforma, la Defensoría del Consumidor podrá regular los cobros en los parqueos. La tarifa por el servicio de estacionamiento será proporcional al tiempo efectivamente utilizado y los consumidores contarán con un período de exoneración de pago de treinta minutos. Esta disposición prohibe que la penalidad por extravío del comprobante de parqueo exceda de cinco dólares, y declara «nula» la cláusula de exoneración de responsabilidades por daños en vehículos.

Al ampliarse el marco regulatorio, los restaurantes, bares y establecimientos de similar naturaleza, podrán cobrar propina por el servicio en mesa, calculada sobre el valor total del consumo, sin excederse, en ningún caso, del diez por ciento. El porcentaje deberá informarse al consumidor de forma clara, completa y previa al uso del servicio, por cualquier medio escrito. En caso de inconformidad con el servicio, por haber sido prestado de forma deficiente o incompleta a criterio del consumidor, este podrá solicitar su anulación o reducción.

En el marco de una delicada y cuidadosa reforma, una de las buenas noticias que alientan la cambios es que los consumidores ante una controversia por desperfectos o fallas en un bien o servicio tendrán derecho a elegir la reversión de pago o reclamar al proveedor la garantía, de conformidad con la LPC. La garantía legal será gratuita y obligatoria durante el periodo de vigencia, el cual será de cinco años contados desde la fecha de entrega del bien o de la prestación del servicio al consumidor.

Para fortalecer la defensa de los derechos económicos, en casos de sobreendeudamiento del consumidor, la Defensoría podrá activar los medios alternos de solución de controversias para tramitar una reestructuración, refinanciamiento o cualquier otro tipo de arreglo, solución o plan de pagos, para alcanzar un acuerdo beneficioso para solucionar el conflicto.

También se regularán las tarjetas de regalo, cuyo período de vigencia no podrá ser inferior a dos años. Deberá informarse por escrito al consumidor: monto, fecha de emisión y caducidad, términos y condiciones, y código o número de identificación de la tarjeta. A solicitud del consumidor, el proveedor estará obligado a devolver en efectivo el remanente de una tarjeta caducada o, cuando estando dentro de su vigencia, la misma tuviere un monto inferior a tres dólares. Se prohibe el cobro de recargos, multas y retenciones de cualquier tipo, así como a hacer diferencia en las modalidades de contratación. 

En torno a las competencias, la Defensoría podrá realizar registros y allanamientos, mediante orden judicial expedida a solicitud de la institución ante el juzgado de lo contencioso administrativo. En caso de declaratoria de emergencia nacional, calamidad pública o desastre, podrá presentar solicitud de registro con prevención de allanamiento al juez de paz de turno.

Asimismo, la Defensoría del Consumidor podrá realizar inspecciones con el auxilio del «delegado encubierto» para constatar el cumplimiento de promociones y ofertas, verificar aumento del precio de bienes y servicios por compras con tarjeta de crédito o diferenciaciones por compras en efectivo, prácticas abusivas, publicidad engañosa o falsa, obligaciones y prohibiciones especiales para los proveedores de servicios financieros y verificar diferencia de precios entre el ofrecido o regulado por la ley y el constatado.

Cabe destacar que la reforma a la Ley mejora la protección de los consumidores en comercio electrónico al establecer a los proveedores la obligación de crear mecanismos de atención de reclamos, y su registro ante la Defensoría del Consumidor.

Para gestionar los riesgos y emitir alertas de consumo, se establece un procedimiento vinculante para que los proveedores retiren de forma adecuada y segura los productos que representen un riesgo para la vida y la salud de los consumidores, como producto de las alertas que emite la Defensoría del Consumidor o que procedan de agencias homólogas en el mundo.

La Defensoría del Consumidor ha propuesto en la reforma que las multas impuestas por el Tribunal Sancionador a los proveedores infractores pasen a formar parte del patrimonio de la institución.

Finalmente, en el marco de la efeméride del 15 de marzo, la Defensoría lanzó el Observatorio de Publicidad, Promociones y Ofertas, para fortalecer los mecanismos de protección de los consumidores ante la publicidad ilícita, engañosa o falsa, disponible en el sitio web: www.defensoria.gob.sv.

15 de marzo de 2022

Publicado el 15-03-2022.