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Operativo conjunto audita a otros dos comerciantes de granos básicos PDF Imprimir E-mail
Viernes, 21 de Octubre de 2011 15:32
Dos nuevas auditorías fueron emprendidas el pasado viernes a igual número de comerciantes mayoristas de maíz del país; equipos combinados de auditores del Ministerio de Hacienda, inspectores y analistas de la Defensoría del Consumidor y agentes de la PNC se encuentran trabajando en forma simultánea en puestos de venta, bodegas y oficinas contables de las empresas auditadas, lugares ubicados en los municipios de San Salvador, Mejicanos y San Marcos.

fnoticia111021aEste operativo conjunto busca enfrentar el alza especulativa en los precios de los granos básicos, para ello se profundizan las investigaciones a fin de establecer posibles prácticas abusivas contra los consumidores, auditando los inventarios, los libros contables y la facturación de los negocios, entre otros recursos.

Entre el pasado jueves y este viernes, se han realizado auditorías en cuatro establecimientos comerciales, en la fase de profundización de la acción, como parte del dispositivo activado por el Sistema Nacional de Protección al Consumidor (SNPC) para proteger el bolsillo y el derecho a la alimentación de las y los consumidores a un precio justo.

Asimismo, La Defensoría, ha requerido información a los 40 importadores y comercializadores de todo el país, en lo concerniente a compras y ventas mensuales de granos básicos; importaciones e inventarios iniciales y finales por mes, para analizar y contrarrestar las alzas especulativas de los precios.

BASE LEGAL

Ley de Protección al Consumidor:

Art. 58, letra "f": compete a La Defensoría "realizar inspecciones, auditorías y requerir de los proveedores los informes necesarios para el cumplimiento de sus funciones".

La realización de "prácticas abusivas en perjuicio de los consumidores" es una infracción MUY GRAVE (Art. 44 literal "e"), la cual puede ser sancionada con multa de hasta 500 salarios mínimos mensuales en la industria (Art. 47).

Si algún proveedor no cumple o se niega a cooperar con la realización de las auditorías, cometería una infracción "muy grave" que activaría el procedimiento sancionatorio ante el Tribunal Sancionador, como lo establece el artículo 44 ("f"): "Obstaculizar las funciones de información, vigilancia e inspección de la Defensoría del Consumidor, o negarse a suministrar datos e información requerida en cumplimiento de tales funciones".

Código Penal
 

Art. 233: El que "almacenare, sustrajere o retuviere fuera del comercio normal, alimentos, artículos o productos de primera necesidad, provocando o pudiendo provocar el alza inmoderada de los precios, a juicio de la autoridad administrativa competente, será sancionado con prisión de tres a cinco años", pena que puede incrementarse hasta en una tercera parte si se comete en época de conmoción nacional o calamidad pública.

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